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Volumen 7, No. 23, enero-marzo 2024

ISSN: 2631-2735

Páginas 19 – 29

 

 

 

 

 

 

Principio de Interés Superior del Niño y Proceso de Omisión de Prestación de Alimentos

 

Principle of the best interest of the child and process of omission to provide food
 
Princípio do melhor interesse da criança e processo de omissão no fornecimento de alimentação

 

 

Michael Jimmy Palacios Paitan

psicmixel@gmail.com

https://orcid.org/0009-0006-7075-9364

 

Melvin Villanera Lino

psic.melvin@gmail.com

https://orcid.org/0000-0002-6931-8127

 

Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco. Pillco Marca, Perú

 

Artículo recibido 27 de noviembre 2023 | Aceptado 20 de diciembre 2023 | Publicado 20 de enero 2024

 

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https://doi.org/10.33996/revistalex.v7i23.167

 

 

RESUMEN

El delito con mayor ponderación penal en el Perú es la omisión de prestación de alimentos. El objetivo del estudio fue determinar la relación entre el proceso del delito de omisión de prestación de alimentos y la aplicación del principio de interés superior del niño en madres de familia del departamento de Pasco, Perú. En una población de 90 mujeres, la muestra fue no probabilístico por conveniencia. El método de la investigación de enfoque cuantitativo de nivel correlacional y diseño no experimental de corte transeccional. La técnica utilizada fue la encuesta; en los resultados se obtuvo, un coeficiente de Rho de Spearman: Rho = 0.078, con un valor de significancia de P = 0,000. En conclusión, existe relación positiva y significativa directamente proporcional entre el proceso del delito de omisión de prestación de alimentos y la aplicación del principio de interés superior del niño.

 

Palabras clave: Interés superior del niño; Omisión de alimentos; Pensión alimenticia; Proceso de alimentos

 

ABSTRACT

The crime with the highest criminal weight in Peru is the omission to provide child support. Therefore, the objective of the study was to determine the relationship between the process of the crime of omission of child support and the application of the principle of the best interest of the child in mothers in the department of Pasco. In a population of 90 women, the sample was non-probabilistic by convenience. The research method was quantitative with a correlational approach and a non-experimental transectional design. The technique used was the survey; the results showed a Spearman's Rho coefficient (Rho = 0.078), with a significance value of (P = 0.000). In conclusion, there is a positive and significant directly proportional relationship between the process of the crime of failure to provide child support and the application of the principle of the best interest of the child.

 

Key words: Best interest of the child; Child support; Child support; Child support proceedings

 

RESUMO

O crime com o maior peso penal no Peru é a omissão de prestação de alimentos. Portanto, o objetivo do estudo foi determinar a relação entre o processo do crime de omissão de alimentos e a aplicação do princípio do melhor interesse da criança em mães do departamento de Pasco. Em uma população de 90 mulheres, a amostra foi não probabilística por conveniência. O método de pesquisa utilizado foi uma abordagem quantitativa com um projeto transeccional correlacional e não experimental. A técnica utilizada foi a pesquisa; os resultados mostraram um coeficiente Spearman's Rho (Rho = 0,078), com um valor de significância de (P = 0,000). Em conclusão, há uma relação positiva e significativa diretamente proporcional entre o processo do crime de omissão de alimentos e a aplicação do princípio do melhor interesse da criança.

 

Palavras-chave: Melhor interesse da criança; Falta de prestação de alimentos; Pensão alimentícia; Processo de prestação de alimentos

 

INTRODUCCIÓN

 

El proceso de alimento está diseñado legalmente para ser un proceso célere que garantice que los beneficiarios reciban sus necesidades básicas como alimentación, salud, vivienda y educación. No obstante, la diversidad social, económica y cultural del país muestra que estas necesidades no han sido cubiertas en todos los casos. De acuerdo al reporte del Ministerio de Justicia (2020), Derechos Humanos, Ministerio Publico (2019) y defensoría del pueblo (2018), en el Perú, los delitos con mayor prevalencia son de omisión de prestación de alimentos, este representa el 88.23% de los delitos, de lo cual, el 75.7% de los expedientes revisados han terminado con una sentencia, pero el 11.2% de los expedientes no llegan a resolverse por lo general por haber transcurrido el plazo del respectivo proceso.

 

Por otro lado, el 99% de demandas fueron promovidas por mujeres. Además, en un 89,8% de los casos, las demandantes han accionado en beneficio de sus hijos e hijas; esto significa que una proporción ampliamente mayoritaria de demandantes de alimentos lo hacen en condición de madres. Respecto a la percepción de los demandantes el 47,5% de los entrevistados considera que no se hizo justicia en su caso, el 39,2% estima que sí, mientras que el 13,3% no precisó su respuesta, en su mayoría porque el proceso aún no había sido concluido. el 48,3% considera que no se hizo justicia en su caso, frente a un 39,2% que sí cree que se actuó con justicia. Esta diferencia casi desaparece respecto de los demandados en el proceso de alimentos. El porcentaje de los que creen que se actuó con justicia y el de los que no es muy similar, de 40,8% y 41,4%, respectivamente.

 

A razón de esta problemática real en el Perú, surgió la siguiente interrogante ¿Cuál es la relación entre el delito de omisión de prestación de alimentos y la aplicación del principio de interés superior del niño?

 

Pensión de Alimentos

 

En el Perú la pensión alimenticia está regulada por el artículo 472 del Código Civil, que establece, según las circunstancias de la familia, la pensión alimenticia es necesaria para satisfacer necesidades tales como vivienda, vestido, atención médica y alimentación misma. En caso de divorcio, el derecho de los hijos a la alimentación está regulado por el Código Civil. El artículo 342 del Código Civil peruano, indica que el juez determina mediante decisión que los padres o uno de los padres contribuye con la prestación de alimentos del niño. El artículo 487 del Código Civil define las características del derecho a la alimentación como inalienable, intransferible, reemplazable, intransferible, verificable y recíproco Chávez (2017).

 

En este orden de ideas, “toda persona que incumpla la obligación de proporcionar alimentos de conformidad con la decisión judicial será sancionada con privación de libertad por un período de hasta tres años o con trabajos forzados de 20 a 52 días, sin perjuicio de la ejecución de la disposición de la orden judicial, en tal sentido se entiende que es indispensable la existencia de una resolución judicial y su omisión de esta, para su calificación como delito” Defensoría del Pueblo (2018).

 

Delito de omisión a la prestación de alimentos

 

Salinas afirma que el delito de omisión a la prestación de alimentos se materializa cuando el sujeto activo del delito, mediante el dolo decide omitir la decisión judicial de prestación de alimentos. Es así como, en lo que se refiere a la constitución de este delito, se requiere que el deudor no haya cancelado la pensión acumulada que se le ordenó pagar tras pasar previamente un procedimiento judicial civil y ejercitó una acción penal por incumplimiento doloso para proporcionar la asistencia familiar Salinas (2019).

 

Interés superior del niño

 

“El interés superior del niño es un derecho a que se considera de manera primordial su interés superior en todas las medidas que afecten directa o indirectamente a los niños y adolescentes, garantizando sus derechos humanos” Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (2018).

 

Según Cillero (2006), “el interés superior del niño es un principio legal para proteger, porque puede asegurar el ejercicio y efectividad de todos los derechos subjetivos del niño; considerando que los principios de protección jurídica se obligan a las autoridades, es decir, son especialmente indispensables para las autoridades y se dirigen contra (o contra) ellas. Así pues, en lo que respecta al Principio del Interés Superior del niño, no solo se hace referencia nada más que a la creencia de que el interés sino también debe motivar las decisiones de las autoridades”.

 

Por su parte, Plácido (2015) señala que el principio del interés superior del niño se implementa “sobre la base de un estado autorizado, que autoriza al estado a disfrutar de ciertos derechos de los niños en situaciones de pugna, y el estado debe limitar o restringir los derechos individuales o los intereses colectivos”. Basándonos en eso, los principios tendrán contenidos normativos específicos, lo que implica que algún derecho del niño cuenta con intereses superiores, por encima de otro derecho individual y colectivo.

 

Los procedimientos legales para los delitos de omisión de prestación de alimentarios deben ajustarse a las necesidades, los deseos inmediatos de los niños, niñas y adolescentes, tomando en cuenta su edad cronológica, la cual en su aplicación del principio del interés superior del niño se entiende que es un proceso célere que protege la vulneración de los derechos del niño López-Contreras (2015).

 

El presente estudio tuvo como objetivo general determinar la relación entre el proceso del delito de omisión de prestación de alimentos y la aplicación del principio de interés superior del niño en madres de familia del departamento de Pasco, Perú. Asimismo, se planteó objetivos específicos tales como: identificar los niveles del proceso del delito de omisión de prestación de alimentos en madres de familia del departamento de Cerro de Pasco, Perú. Identificar las categorías de la aplicación del principio de interés superior del niño en madres de familia del departamento de Cerro de Pasco, Perú.

 

El cumplimiento de la pensión alimenticia es un factor muy importante para lograr el desarrollo general del niño y proteger sus intereses. En el departamento de Cerro de Pasco, en los últimos años se ha observado una tendencia de abandono de los niños, niñas y adolescentes por parte de sus padres, muchos niños, son criados por uno de sus padres, en especial por parte de la madre, sin embargo, hay una tendencia a que los abuelos se hacen cargo de sus nietos.

 

Por lo general los padres optan realizar una conciliación en la DEMUNA, estas conciliaciones están sujetos a interés y ha posibilidades de los padres, mas no al interés superior del niño o a las necesidades reales del niño. Es más, existe una tendencia a incumplimiento de parte del demandado los acuerdos suscritos, al respecto en pocos casos, los beneficiarios deciden judicializar el caso, este proceso de judicialización para que un Juez ordene el cumplimiento de la conciliación pasa al análisis del contexto, las posibilidades de cumplimiento del demandado y debe cumplir con algunos requisitos como, por ejemplo, proporcionar al Juez la dirección exacta del demandado, para efectuar la notificación correspondiente, en caso de que la persona interesada no proporciona la dirección exacta del demandado, este podría ser un factor para el archivamiento del proceso, por otro lado, muchos casos no son resueltos oportunamente, si no, más bien existe la demora en el proceso por diversos factores.

 

En este contexto se plantea la hipótesis de investigación como sigue: existe relación significativa entre el proceso del delito de omisión de prestación de alimentos y la aplicación del principio de interés superior del niño en madres de familia del departamento de Pasco, Perú. Seguida de la hipótesis nula: no existe relación significativa entre el proceso del delito de omisión de prestación de alimentos y la aplicación del principio de interés superior del niño en madres de familia del departamento de Pasco, Perú.

 

MÉTODO

 

El estudio responde a un enfoque cuantitativo de diseño no experimental de tipo transeccional, se ha desarrollado el método de la observación, la técnica de la encuesta a una población de 90 madres de familia que se encuentra en un proceso judicial del delito de omisión de prestación de alimentos en el departamento de Cerro de Pasco, Perú.

 

La muestra estuvo conformada por 90 madres de familia del Asentamiento Humano “Columna Pasco”, ubicado en el distrito de Yanacancha perteneciente al distrito de Pasco, Perú. Se siguió el muestreo no probabilístico por conveniencia del investigador. Para la recolección de los datos, se elaboraron dos instrumentos para medir ambas variables, en la que se consideró una prueba piloto de 30 personas.

 

En el Cuestionario sobre el delito de omisión de alimentos (CDOA), se han considerado 16 ítems distribuido en 3 dimensiones (obligación a prestar alimentos, inexistencia de un monto mínimo y capacidad de deudor), se usó la escala de Likert, asimismo, se obtuvo la validez de contenido a través de cuatro jueces expertos, en el análisis estadístico  de los ítems del cuestionario de la aplicación del interés superior del niño se obtuvo el coeficiente de V  de Aiken 0.872 y un coeficiente de confiabilidad por a través del Alfa de Cronbach igual a 0.872; por lo que se consideró que el instrumento era aplicable.

 

Para el Cuestionario sobre el interés superior del niño (CISN) se consideraron 8 ítems distribuidos en 2 dimensiones (pensión alimenticia y derechos fundamentales de los niños), se usó la escala de Likert, asimismo, se obtuvo la validez de contenido a través de cuatro jueces expertos, en el análisis estadístico de los ítems del cuestionario de la aplicación del interés superior del niño se obtuvo el coeficiente de V de Aiken de 0.880 y un coeficiente de confiabilidad por a través del Alfa de Cronbach igual a 0.852; por lo que se consideró que el instrumento era aplicable.

 

Tabla 1. Operacionalización de las variables

Variables

Definición conceptual

Definición operacional

Dimensiones

Omisión de prestación de alimentos

“Se configura cuando el agente dolosamente omite su obligación de prestar alimentos, establecido previamente en una resolución jurídica”. (Salinas, 2013).

La variable proceso de omisión de prestación de alimentos se medirá a través de la obligación a prestar alimentos, inexistencia de un monto mínimo y capacidad del deudor.

Obligación a prestar alimentos

Inexistencia de un monto mínimo

Capacidad del deudor

Principio de interés superior del niño

“Es un principio legal a proteger, porque puede asegurar el ejercicio y efectividad de todos los derechos subjetivos del niño” (Cillero, 2016).

La variable principio de interés superior del niño se medirá a través de la pensión alimenticia y los derechos fundamentales de los niños.

Pensión alimenticia

Derechos fundamentales de los niños

 

 

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

A continuación, se presenta el Proceso del delito de omisión.

 

Tabla 2. Proceso del delito de omisión de prestación de alimentos

Omisión de prestación de alimentos

Niveles

fi

%

Bueno

1

1,2

Deficiente

89

98,8

Total

90

100,0

 

En la Tabla 2, se evidencia de las 90 madres de familia inmersos en procesos de delitos de omisión de prestación de alimentos en su condición de demandante que son las unidades muestrales de estudio, un 89.8% se ubican en el nivel deficiente de omisión de prestación de alimentos, seguido 1.2% que se ubican en el nivel bueno.

 

Tabla 3. Aplicación del principio de interés superior del niño

Principio de interés superior del niño

 

Categorías

fi

%

Efectiva

18

20.0

No efectiva

72

80.0

Total

90

100,0

 

Por otro lado, en la Tabla 3, observamos que de las 90 madres de familia inmerso en procesos de delitos de omisión de prestación de alimentos que representan las unidades muestrales, un 80.0% se ubica en la categoría no efectiva de la aplicación del principio del interés superior del niño en los procesos del delito de omisión de prestación de alimentos no es efectiva y un 20.0% se ubica en la categoría efectiva.

 

Tabla 4. Prueba de normalidad de Kolmogórov-Smirnov

 

Kolmogorov-Smirnova

Estadístico

Gl

Sig.

Omisión de prestación de alimentos

,531

90

,000

Interés superior del NNA

,491

90

,000

a. Corrección de significación de Lilliefors

 

En lo que corresponde el análisis estadístico inferencial en la tabla 3 de la prueba de normalidad de Kolmogórov-Smirnov, se obtuvo una Sig. Igual a p = 0.000, la cual es un p < 0.05, lo que indica que los datos no cumplen con el supuesto de la normalidad, por ende, se ha elegido una estadística no paramétrica para el análisis de la prueba de hipótesis.

 

Tabla 5. Prueba de hipótesis estadístico

 

V1

V2

Omisión prestación de alimentos

Coeficiente de correlación

1,000

,078*

Sig. (bilateral)

.

,000

N

90

90

Interés superior del NNA

Coeficiente de correlación

,078*

1,000

Sig. (bilateral)

,000

.

N

90

90

*. La correlación es significativa en el nivel 0,05 (bilateral).

 

En tanto el análisis de la prueba de hipótesis, se ha visto por conveniente realizar el análisis estadístico de  Rho de Spearman, así como se observa en la tabla 4, donde se obtuvo un coeficiente de Rho de Spearman de 0.078, con una significancia de 0.000, lo que indica que existe evidencias significativas estadísticamente  de una asociación entre las dos variables del  estudio, es decir a mayor aplicación efectiva del principio de interés superior del niño, mayor efectividad de procesos en delitos de omisión de prestación de alimentos o  a niveles deficientes en los procesos del delito de omisión de prestación de alimentos, niveles deficientes  de la  aplicación del principio de interés superior del niño.

 

DISCUSIÓN

 

En la prueba de hipótesis se obtuvo  un coeficiente de Rho de Spearman: (Rho = 0.078), con un valor de significancia de (P = 0,000), que es P > 0.05,  lo que implica que si existe relación significativa directamente proporcional entre el proceso del delito de omisión de prestación de alimentos y la aplicación del Principio de interés superior del niño, es decir que a mayores valores de la  efectividad de la aplicación del principio de interés superior del niño, mayores valores de efectividad en procesos de los delitos de omisión de prestación de alimentos.

 

De acuerdo con los resultados del presente estudio, se puede inferir que una efectiva aplicación del principio del interés superior del niño en procesos de delitos de omisión de prestación de alimentos, garantiza  el ejercicio de los derechos del niño, niña y adolescente,  es así como  el Estado vela por el desarrollo físico y emocional del niño, niña y adolescente como un sistema de protección,  tal cual sostiene Cillero (2016) acerca del interés superior del niño es un principio legal para la protección y asegurar la efectividad de los derechos del niño. Cuando hablamos de protección, nos referimos a la protección de la integridad física, psicológica del niño, con fin de que alcance su desarrollo y evolución de su personalidad en un clima favorable.

 

Es decir que los procesos judiciales de los delitos de omisión de prestación de alimentos se deben desarrollar con celeridad tomando en cuenta las necesidades inmediatas, los deseos, los sentimientos del niño, niña y adolescente, en tal sentido los juzgadores deben adoptar las medidas que estimen necesarias para garantizar el bienestar y evitar cualquier perjuicio López-Contreras (2015).

 

En relación con la opinión de Satán (2017) que la aplicación deficiente del principio del interés superior del niño afecta el bienestar del niño y, por lo tanto, afecta su desarrollo en general. En este sentido, Pezo (2019) afirma que el principio de oportunidad puede proteger los intereses de los niños como un proceso inmediato, sin embargo, entre los factores importantes obtenidos en el presente estudio, se encontró que las madres no creen que el Estado proteja los procesos de procesamiento de alimentos, porque, en su opinión, la ley logra complicar y retrasar estos procesos. Concordando con nuestros hallazgos que de las 90 mujeres que se encuentran como demandantes en el proceso del delito de omisión de prestación de alimentos, un 89.8% consideran que es deficiente el proceso del delito de omisión de prestación de alimentos.

 

En esta línea, Cataño (2019) considera que el tipo penal de no ingerir alimentos perjudica directamente el bienestar de los niños, pues esta situación puede afectar otros aspectos como el psicológico, espiritual, moral y social. También sugirió que el encarcelamiento efectivo era un disuasivo eficaz de los delitos alimentarios. Asimismo, Gamboa (2021) planteó que a pesar del apoyo del gobierno peruano se sigue vulnerando el principio de interés en el procesamiento de alimentos; por lo tanto, el 10% indicó que las pensiones superan el 30% del salario, y el 6% indicó que el interés de los niños es una prioridad para la motivación. Concordando con nuestros resultados que un 80.0% se ubica en que la aplicación del principio del interés superior del niño en los procesos del delito de omisión de prestación de alimentos no es efectiva en el Perú.

 

CONCLUSIONES

Se determinó la relación entre el proceso del delito de omisión de prestación de alimentos y la aplicación del principio de interés superior del niño en madres de familia del departamento de Cerro de Pasco, Perú. Donde quedó demostrado estadísticamente que existe relación significativa entre ambas variables de estudio.

 

Se identificó estadísticamente los niveles del proceso del delito de omisión de prestación de alimentos de las madres de familia del departamento de Cerro de Pasco, Perú. Donde se evidencio estadísticamente que el 98.8% de las unidades muestrales se ubica en el nivel deficiente

 

Se identificó las categorías de la aplicación del principio de interés superior del niño de las madres de familia del departamento de Cerro de Pasco, Perú. Donde existe evidencia estadística que predomina la categoría deficiente de aplicación del interés superior del niño en los procesos de los delitos de omisión de prestación de alimentos.

 

Es necesario señalar que la aplicación del principio de interés superior del niño se lleva de manera deficiente en el proceso de omisión de prestación de alimentos tal cual se refleja en los resultados que un 80.0% se refieren que  aplicación del principio del interés superior del niño en los procesos del delito de omisión de prestación de alimentos no es efectiva, en el Asentamiento Humano Columna Pasco – Yanacancha y dentro de las implicancias se encuentra la existencia de retraso en los aspectos administrativos dentro de los proceso; así también, existe evidencias de ciertas leyes que en vez de simplificar el proceso lo cual dificultan su aplicación del interés superior del niño y genera un desmedro para los niños.  

 

Esto quiere decir que la aplicación del principio de interés superior del niño genera como consecuencias la permisión de salvaguardar la integridad de los menores, lo cual se vierte en una mejora en la calidad de vida; de igual manera, la aplicación de este logra disminuir la subjetividad de los magistrados.

 

Finalmente se concluye que a través de la aplicación del interés superior del niño se logra la eficacia de los procesos de omisión de prestación de alimentos, se busca establecer la celeridad del proceso. Otro aspecto afectación que busca lograr es el pago solidario por parte de familiares, mediante lo que se busca garantizar la cobertura de los menores en caso de que se pueda presentar los padres ausentes.

 

CONFLICTO DE INTERESES

Los autores declaran que no existe conflicto de intereses para la publicación del presente artículo científico.

 

REFERENCIAS

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (2020). Magnitud de los casos patrocinados por Defensa Pública y Defensa Penal del MINJUSDH. https://www.defensoria.gob.ec/wp-content/uploads/2021/01/INFORME-ANUAL-1.pdf

Ministerio Público, Fiscalía de la Nación. Boletín Estadístico (2019). Boletín Nro 3:1-53. https://www.mpfn.gob.pe/Docs/0/files/boletin_estadistico_marzo_2019.pdf

Defensoría del Pueblo (2018). El proceso de alimentos en el Perú: avances, dificultades y retos. 1-215. https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2018/08/DEFENSORIA-ALIMENTOS-JMD-27-07-18-2.pdf

Chávez, M. (2017). La determinación de las pensiones de alimentos y los sistemas orientadores de cálculo. Tesis de grado, Universidad Ricardo Palma. https://repositorio.urp.edu.pe/handle/20.500.14138/1129

Salinas, R. (2019). Derecho penal parte especial. 2 tomos. Editorial Grijley – Justicia. Perú. ISBN 978-9972-04-614-8, 978-612-4362-18-7. P 830.

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (2018). Ley N.º 30466 y su reglamento. https://www.mimp.gob.pe/webs/mimp/pnaia/pdf/Ley-30466-que-establece-parametros.pdf

Cillero, M. (2006). El interés superior del niño en el marco de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. http://www.iin.oea.org/cursos_a_distancia/el_interes_superior.pdf

Plácido, Á. (2015). Manual de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Pacífico Editores S.A.C. 2015. Lima, Perú: P 192.

López-Contreras, R. (2015). Interés superior de los niños y niñas: Definición y contenido. Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud. 13 (1): 51-70. https://www.redalyc.org/pdf/773/77338632001.pdf

Satán, J. (2017). La administración de la pensión alimenticia que garantice el interés superior del niño, niña y adolescente. Tesis para optar título de abogado, Universidad Central del Ecuador. http://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/10386

Pezo, N. (2019). Aplicación del principio de oportunidad en la omisión a la asistencia familiar frente al interés superior del niño, Tarapoto, 2019. Tesis de maestría, Universidad César Vallejo. https://hdl.handle.net/20.500.12692/55985

Cataño, N. (2019). Colisión del principio del interés superior del niño frente al delito de omisión de prestación de alimentos, Perú́ – 2019.Tesis de maestría, Universidad César Vallejo. https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/handle/20.500.12692/49057/Cata%C3%B1o_DCNH%20-%20SD.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Gamboa, E. (2021). El principio del interés superior del niño y adolescente en las sentencias de alimentos del distrito judicial de Lima Este, en época de pandemia 2020-2021. Tesis de maestría, Universidad Peruana de Las Américas. http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/1686