Enfoques. Revista de Investigación en Ciencias de
la Administración
http://revistaenfoques.org
Volumen 7 | No. 26 | abril-junio 2023
ISSN: 2016 – 8219
ISSN-L: 2016 – 8219
pp. 162 – 169
La auditoría interna en las entidades públicas y privados de
Ecuador
Internal audit in public and private
entities in Ecuador
Auditoria
interna em entidades públicas e privadas no Equador
Alberto
Vásquez-Flores
jvasquez@utmachala.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-4102-5397
Gonzalo
Chávez-Cruz
gchavez@utmachala.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-3833-700X
Jorge
González-Sánchez
jgonzalez@utmachala.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-1942-0163
Universidad Técnica de Machala. Machala, Ecuador
Recibido: 10 de enero 2023
Aceptado: 2 de febrero 2023
Publicado: 5 de abril 2023
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http://doi.org/10.33996/revistaenfoques.v7i26.162
RESUMEN
El efecto de crear un
ambiente de control sano en el sector público ha desviado las finalidades
primordiales que constituyen las auditorías internas de Ecuador. El objetivo de
la investigación fue determinar las diferencias de la auditoría interna entre
las entidades del sector público y el sector privado de Ecuador, contribuyendo
a mejorar las funciones del auditor interno. La metodología empleada fue
descriptiva, cualitativa y explicativa, sustentada en criterios de juicio
profesional, observación y apoyado en artículos científicos, leyes, reglamentos
y normativas vigentes al objeto de estudio. De conformidad a las leyes vigentes
en materia de control de recursos públicos, los informes de auditoría interna,
deben ser emitidos en materia de control interno sin responsabilidades
administrativas, y dejar que la auditoría externa por disposición de la Ley
Orgánica de la Contraloría General del Estado, realice el seguimiento de la
misma y del incumplimiento se deriven las sanciones que correspondan.
Palabras clave: Auditoría; Auditoría interna; Auditoría gubernamental; Control interno
ABSTRACT
The effect of
creating a healthy control environment in the public sector has deviated the primary purposes that constitute internal
audits in Ecuador. The objective of the research was to determine the
differences in internal auditing between public and private sector entities in
Ecuador, contributing to improve the internal auditor's functions. The
methodology used was descriptive, qualitative and explanatory,
based on criteria of professional judgment, observation and supported by
scientific articles, laws, rules and regulations in force to the object of
study. In accordance with the laws in force regarding the control of public
resources, the internal audit reports must be issued on internal control
without administrative responsibilities, and let the external audit, by
provision of the Organic Law of the Comptroller General of the State, follow up
on the same and the corresponding sanctions are derived from the
non-compliance.
Key words: Audit; Internal
audit; Government audit; Internal control
RESUMO
O efeito da criação
de um ambiente de controle saudável no setor público desviou os propósitos
primários das auditorias internas no Equador. O objetivo da pesquisa foi
determinar as diferenças na auditoria interna entre entidades dos setores
público e privado no Equador, contribuindo para o aprimoramento das funções do
auditor interno. A metodologia utilizada foi descritiva, qualitativa e
explicativa, baseada em critérios de julgamento profissional, observação e
apoiada em artigos científicos, leis, regulamentos e normas aplicáveis ao
objeto de estudo. De acordo com as leis em vigor sobre o controle dos recursos
públicos, os relatórios de auditoria interna devem ser emitidos em termos de
controle interno sem responsabilidades administrativas, e deixar a auditoria
externa, por disposição da Lei Orgânica da Controladoria Geral do Estado,
realizar o acompanhamento do mesmo e o não cumprimento derivar as sanções
correspondentes.
Palavras-chave: Auditoria; Auditoria
interna; Auditoria governamental; Controle interno
INTRODUCCIÓN
La auditoría interna en un mundo globalizado, se centra como el estudio,
análisis y evaluación permanente del control interno de los entes públicos o
privados, y en las estructuras organizacionales por procesos o lineal, como un
nivel de asesoramiento, es decir, en una asesora de la alta gerencia. De esta
forma las entidades públicas y privadas que las requieren, delegan la
administración del control a profesionales con conocimientos y habilidades en
auditoría integral, a fin que preparen informes periódicos dentro de un
ejercicio fiscal con el objeto de alcanzar los objetivos y metas propuestas,
cumpliendo los requisitos legales y reglamentarios vigentes aplicables en cada
operación o actividad empresarial.
Las empresas en el sector privado de Ecuador que mantienen auditorías
internas, las requieren más como asesoras administrativas y financieras, que
minimicen el riesgo al fraude o error empresarial. Mientras que, las auditorías
internas de las entidades del sector público, están sujetas a las normativas
expedidas por la Contraloría General del Estado (CGE), que en las dos últimas
décadas, ha centrado a la auditoría interna más como una función sancionadora en
predeterminaciones de responsabilidades administrativas y civiles culposas,
quitándoles las autonomías a los entes públicos en el marco organizacional que
debe tener cada institución del estado. De ahí lo novedoso del trabajo de
investigación y la importancia que se centra en dar a conocer la funcionalidad
que tienen las auditorías internas dentro de cualquier seno empresarial sea este
público o privado.
Con el preámbulo expuesto, el trabajo de investigación trata en determinar
las diferencias de la auditoría interna entre las entidades del sector público
y el sector privado de Ecuador, contribuyendo a mejorar las funciones del
auditor interno en las entidades públicas.
En este sentido, la auditoría, desde sus orígenes, es considerada como
una actividad encaminada a identificar fraudes a través de examinar los estados
financieros en las entidades públicas o privadas, considerando los riesgos
empresariales (López et al., 2018). La
misma puede ser interna; por ello, en la actualidad, la auditoría
interna, está dirigida a establecer la situación de una organización o empresa,
determinar cómo se encuentra posesionada, a dónde dirige los planes que
desarrolla, cuáles son sus objetivos institucionales, y si necesita innovar los
programas para alcanzarlos (Carrión et al, 2017). A su vez, la auditoría interna dejó de dirigirse únicamente en la
revisión de operaciones de información, y comenzó también a enfocarse al
asesoramiento, esta práctica nace en la década de los cincuenta, generando dos
funciones; controlar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestas por la
empresa; y, asesorar en toma de decisiones adecuadas para mejorar determinados
procesos (Chuquimarca et al., 2020).
Por consiguiente, la auditoría interna aporta al cumplimiento de las
normativas vigentes aplicables a cada entidad, mejora del diseño y desarrollo
de procedimientos y control, que coadyuvan a un control interno eficaz de las
organizaciones, así los productos y servicios que ofrecen se den con la calidad
y calidez esperado por los socios y clientes, mitiga los riesgos impuestos por
los órganos de control. Analiza la toma de decisiones, a fin que los
administradores mantengan un nivel de confianza alta, por el asesoramiento de la
auditoría interna; puesto, que estas, deben actuar como si gerenciaran a la
institución que pertenece (Mayorga y Frías, 2019).
Por otro lado, la auditoría gubernamental debe ser
realizada por una Fiscalizadora en autonomía operativa
del auditor, puesto que su creación es para cubrir la necesidad de vigilar las operaciones y actividades públicas
mediante los órganos de control establecidos para el efecto ( Humildad, 2018). En el caso de Ecuador, es la Contraloría
General de Estado, la que se encarga de supervisar los bienes públicos,
garantizando a la ciudadanía el uso efectivo de los recursos. Conforme a lo
estipulado en el artículo 18 de su propia Ley, la CGE debe ejecutar auditorias
gubernamentales y exámenes especiales de manera inmutables, direccionados con
las técnicas y normas nacionales e internacionales del Manual General de
Auditoria Gubernamental y en las Normas Ecuatorianas de Auditoria Gubernamental
(Caraguay, 2020).
El control interno
en estos tiempos
con el avance de la tecnología se ha convertido en uno de los pilares más importantes dentro
de las organizaciones, porque permite observar
claramente la eficacia y la eficiencia de las empresas cumpliendo con
los registros y las leyes para así
aplicarlas en los procesos productivos (Mendoza et al., 2018).
Es por ello, que dentro de las instituciones del sector público, la
inexistencia de un sistema de control interno es la principal causa del origen
de inadecuados registros, improvisaciones y una gran cantidad de errores que
afectan directamente a los saldos presentados en los estados financieros,
causando que los mismos carezcan de información razonable y veraz. El
desarrollo de la tecnología ha permitido la implementación de manuales o
instrumentos para ejercer la contabilidad y a su vez, se han evidenciado
problemas relevantes en las organizaciones por la falta de un modelo de control
interno efectivo (Tamay et al., 2020).
No obstante, es fundamental que toda empresa cuente con un sistema de
control interno que proporcione seguridad razonable, con el fiel cumplimiento
de las normas establecidas en el marco legal. Su importancia dentro de las
instituciones radica en que garantiza el logro de los objetivos planteados por
la empresa. Cabe destacar que en el
sector público, el control interno se basa en las normas emitidas por la CGE,
quien dirige todo este proceso es la unidad de auditoría interna, su fin es el
cumplimiento de las metas y la vigilancia de la responsabilidad dentro de las
instituciones, mediante la supervisión y asesoría para proporcionar
recomendaciones en función de mejorar el rendimiento (López y Cañizares, 2018).
En este orden de ideas, a raíz de los cambios presentados en la
sociedad, estructura y función del estado, en relación a la administración
pública, el control interno debe estar a la par con dichos cambios, pero esto
no siempre se da; ya que, se formulan teorías basadas sobre un control
administrativo tomando en cuenta una administración pública que ya no existe,
creando mecanismos materiales no correspondidos a la estructura administrativa.
Así que, en la práctica actual, la gran mayoría de entidades públicas
presentan un sistema antiguo donde no se usan elementos de control acorde a la
realidad de la administración pública. Los dos errores más grandes; en primera
instancia, es creer que la administración se conforma como una organización
piramidal basadas en ideas de jerarquía y subordinación, por otro lado, se
manifiesta sobre una legalidad estricta controlando su fundamento de validez de
ley parlamentaria, tomando en cuenta las manifestaciones doctrinales interno de
la administración pública manifestado por la alta jerarquía de entidades gubernamentales.
Aunado a ello, la finalidad de esta investigación es proponer una teoría
general del control interno para una administración pública de implementar un
control eficiente y eficaz para el ente en gestión. Más no de analizar aquellos
elementos aplicado al control interno de administración pública. Debido a esto
se direcciona la investigación al control interno de índole represiva, aquel
que se realizará por el órgano principal del control que trabaje en base a la
estructura funcional de la administración (Rhein Schirato, 2019).
Siendo importante resaltar que, los éxitos de las organizaciones
implican las buenas prácticas de gestión y sistema de valores que orientan el
cumplimiento de metas y objetivos, es aquí donde el concepto de gobernanza se centra
en términos de eficacia, eficiencia, transparencia y legalidad. Por lo tanto, los
sistemas de control interno y políticas de integridad son elementos destacados
para que las acciones de los funcionarios públicos sean afines a cumplir las
expectativas de la humanidad (Portal Martínez, 2016).
METODOLOGÍA
Se realizó un estudio descriptivo bajo el enfoque cualitativo; en donde
se describe la funcionalidad del control interno en las entidades del sector público
y privado. Se realizó un análisis documental sobre aspectos relevantes a
establecer una unidad de análisis de mayor ventaja a los fines de la
investigación. El diseño del estudio fue explicativo, porque se orientó a
brindar la comprensión del objeto de estudio, explicando las causas y efectos
en la que se encuentra la auditoría interna en las entidades públicas. Se
realizó un registro de fuentes consultadas a través de una matriz en Excel en
donde se clasificaron por artículos de investigación, leyes, reglamentos y normativas
propias de la profesión como fuente sustentadora en los juicios que se emite.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Según el objetivo del estudio, determinar las diferencias de la auditoría interna
entre las entidades del sector público y el sector privado de Ecuador, se puede
observar en la Tabla 1, dichas diferencias, establecidas, posterior a la previa
revisión documental realizada.
Tabla 1. Diferencia en la auditoría interna del sector
público vs sector privado.
Auditoría Interna |
|
Sector público |
Sector privado |
Las instituciones del Estado, contarán con una
Unidad de Auditoría Interna, cuando se justifique, que dependerá técnica y administrativamente
de la Contraloría General del Estado, que para su creación o supresión
emitirá informe previo. El personal auditor, será nombrado, removido o
trasladado por el Contralor General del Estado y las remuneraciones y gastos
para el funcionamiento de las unidades de auditoría interna serán cubiertos
por las propias instituciones del Estado a las que ellas sirven y controlan. Las máximas autoridades de las Unidades de Auditoría
Interna, serán de libre designación y remoción por parte del Contralor
General del Estado. Las remuneraciones que corresponden a las máximas
autoridades de las Unidades de Auditoría Interna de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados serán cubiertas por la Contraloría General del Estado. Para ser nombrado y ejercer funciones de dirección o
jefatura de esa unidad se requerirá ser profesional con título universitario
y formación compatible con el ejercicio y práctica de la auditoría financiera
o de la gestión. Con el fin de prestar asesoría y realizar la
evaluación integral de la institución, el personal de auditoría interna de
gestión, deberá ser de carácter multidisciplinario. La auditoría interna se ejecutará de acuerdo con las
normas nacionales e internacionales de auditoría aplicables al sector
público. Por disposición expresa del Contralor General del
Estado o de la máxima autoridad que ejerza la representación legal de la
Institución, la respectiva unidad de auditoría interna ejecutará auditorías y
exámenes especiales de conformidad con lo establecido en esta Ley. Las entidades del sector público deberán prestar
todas las facilidades operativas y logísticas para el adecuado
desenvolvimiento de las Unidades de Auditoría Interna. (Artículo 14 de la Ley
Orgánica de la Contraloría General del Estado – LOCGE) |
La Auditoría
interna se define como una operación de evaluación que establece una empresa
dentro de su organización, como un servicio interno, entre sus múltiples
funciones incluyen el estudio y evaluación del control interno de manera permanente,
a fin que se cumpla con el mismo y alcanzar los objetivos y metas
programadas. (Normas Internacionales de Auditoría – NIA 620). Las instituciones
financieras sujetas al control de la Superintendencia de Bancos, deben contar
con un auditor interno, quien es nombrado y removido por la Junta General de
Accionistas o el organismo que haga sus
veces. (Artículo 1 del Libro I.- Normas Generales para las
Instituciones del Sistema Financiero). La Corporación está
sometida al control y supervisión a más de la Superintendencia, por una
Unidad de Auditoría interna encargada de las funciones de control interno.
(Artículo 165 de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria). |
La unidad de
auditoría interna, es responsable del control posterior interno ante las
respectivas autoridades y se aplicará a las actividades institucionales con
posterioridad a su ejecución. (Artículo 12 literal c) de la LOCGE y 17 del
Reglamento). |
Es responsabilidad
de la auditoría interna revisar y mantener el control interno, monitorear sus
operaciones y recomendar mejoras. (NIA 620). |
“…El Auditor Interno no dictaminará estados
financieros pero podrá realizar evaluaciones al sistema financiero, procesos
y registros de determinadas cuentas. El dictamen a los estados financieros es función exclusiva de la Contraloría
General del Estado, directamente o por medio de compañías privadas de
auditoría contratadas para ese fin…”. (Artículo 17 del Reglamento de la LOCGE). |
Dictaminar la
razonabilidad de los estados financieros, es responsabilidad de los auditores
externo. (Sección IX de la Ley de Compañías). |
“…El control interno constituye un proceso aplicado
por la máxima autoridad, la dirección y el personal de cada institución que
proporciona seguridad razonable de que se protegen los recursos públicos y se
alcancen los objetivos institucionales. Constituyen elementos de control
interno: el entorno de control, la organización, la idoneidad del personal,
el cumplimiento de los objetivos institucionales en el logro de tales
objetivos y las medidas adoptadas para afrontarlos, el sistema de información,
el cumplimiento de las normas
jurídicas y técnicas; y, la corrección oportuna de las deficiencias de
control. El control interno será responsabilidad de cada institución del Estado, y tendrá como
finalidad primordial crear las condiciones para el ejercicio del control
externo a cargo de la Contraloría General del Estado…”. (Artículo 9 de la LOCGE). |
“…Sistema de
control interno, significa todas las políticas y procedimientos (controles
internos) adoptados por la administración de una entidad para ayudar a lograr
el objetivo de la administración de asegurar, tanto como sea factible, la
conducción ordenada y eficiente de su negocio, incluyendo adhesión a las
políticas de administración, la salvaguarda de activos, la prevención y
detección de fraude y error, la precisión e integridad de los registros
contables, y la oportuna preparación de información financiera confiable. El
sistema de control interno va más allá de aquellos asuntos que se relacionan
directamente con las funciones del sistema de contabilidad y comprende:…”.
(NIA 400). Componentes de
control interno: Ambiente de control Evaluación de
riesgos Actividades de
control Sistemas de
información Seguimiento o
monitoreo. (COSO I y III). |
Fuente: Observación a la Leyes, reglamentos y NIA, aplicables
a la auditoría interna.
Discusión
Las auditorías internas, nacen a partir de las normativas legales y
técnicas, tanto en las entidades del sector público como en las del sector
privado. En ambos sectores se excluye dictaminar la razonabilidad a los estados
financieros. Tanto en el público y privado su evaluación es permanente y asesora
a alcanzar los objetivos y metas programadas. Los dos sectores tienen como
finalidad salvaguardar los activos, en el sector público los recursos del
Estado, y en el sector privado los activos.
Lo controversial, nace en lo organizacional, ya que, en el sector
público depende en lo administrativo, técnico y financiero por un ente externo
en la entidad donde funciona, esto es, por la Contraloría General del Estado.
En cambio en el sector privado, la auditoría interna depende en lo
administrativo y financiero en la entidad donde funciona, y en lo técnico por
las normas propias de la auditoría interna (NIA).
Por lo tanto, la finalidad de la auditoría interna en el sector privado,
es mejorar continuamente el control interno sin acción coercitiva, al contrario
persigue un ambiente de control propicio a alcanzar los objetivos y metas
programadas; en cambio en el sector público al estar técnica y
administrativamente dependiente del órgano de control, esto es, bajo el mando
de la Contraloría General del Estado (CGE), hace que las máximas autoridades y
los funcionarios principales y demás servidores públicos, al ser sancionados administrativamente,
sin previo cumplimiento a las recomendaciones emitidas por las auditorías
internas, incomoda a las autoridades y al talento humano relacionado con los
procedimientos y el control interno de las actividades propias de las entidades
públicas.
Por ello, es imperioso crear un buen ambiente de control sano en las
entidades del sector público, como lo hacen las entidades del sector privado;
esto es, los informes de cumplimiento emitidos por las auditorías internas en
las instituciones públicas, que están bajo la supervisión del órgano de control
(CGE), ejerciendo el control de calidad de las observaciones detectadas,
informes dirigidos a las máximas autoridades, sean sin pena de sanciones
administrativas. Dejar que las auditorías externas de la CGE, den seguimiento a
las recomendaciones emitidas por las auditorías internas, bajo la pena
pecuniaria y/o destitución del cargo, por el incumplimiento de las mismas.
CONCLUSIONES
Las auditorías internas en el sector privado proponen un mejor ambiente
de control en las empresas para las que laboran profesionalmente; y, en las
entidades del sector público ecuatoriano, no han propiciado un ambiente de
control sano. Situación que se ha presentado por la acción coercitiva que
ejerce la Contraloría General del Estado al imponer sanciones administrativas
de los informes emitidos por las auditorías internas, sin previo cumplimiento a
las recomendaciones dejadas de las observaciones detectadas por estas unidades
que evalúan el control interno de las instituciones públicas.
Las auditorías internas en el sector público, de acuerdo a las leyes en
materia de control de los recursos públicos, sigan bajo la supervisión de la
Contraloría General del Estado, en lo concerniente al control de calidad en las
tres fases de la auditoría. Redactar informes de cumplimiento del control
interno, que contenga comentarios, conclusiones y recomendaciones, sin emitir
memorandos de responsabilidades, dejar que las auditorías externas como función
propia de la CGE, efectúen seguimiento a las recomendaciones dejadas por las
auditorías internas, lo que propiciará un ambiente de control sano, para el
cumplimiento de los objetivos y metas fijadas por las entidades públicas.
REFERENCIAS
Caraguay
Ramírez, S. (2020). Aplicación de
informática forense en auditorías gubernamentales para la determinación de
indicios de responsabilidad penal con delitos informáticos en Ecuador, México y
Perú, 2007-2019. Estado y comunes: Revista de políticas y problemas públicos,
135.153. Doi: https://doi.org/10.37228/estado_comunes.v2.n11.2020.178
Carrión, H., Mendoza, M., y Vera, C.( 2017).
Importancia de la auditoría interna para el perfeccionamiento de los niveles
eficiencia y calidad en las empresas. Dominio de las Ciencias, 3(2), 908-920. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6325895
Chuquimarca, M., Narváez, I., Ormaza, J., y Erazo, J.
(2020). El futuro de la auditoría y las innovaciones tecnológicas. Dominio de
las ciencias. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7344299
Humildad, Y. (2018). La planeación en un esquema
eficiente para la auditoría gubernamental. Transcender, Contabilidad y Gestión,
34-41. Doi: https://doi.org/10.36791/tcg.v0i7.9
Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado
(2015). Ley 73. Registro Oficial Suplemento 595. Ultima modificación:
18-dic.-2015
https://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic5_ecu_ane_cge_23_ley_org_cge.pdf
Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del
Sector Financiero Popular y Solidario. (2011). Ley 0. Registro Oficial 444 de
10-may-2011 https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_econ.pdf
López, A., y Cañizares, M. (2018). El control interno
en el sector público ecuatoriano. Caso de Estudio: gobiernos autónomos
descentralizados cantonales de Morona Santiago. Cofin Habana, 12(2). http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2073-60612018000200004
López, A., Cañizares, M., y Mayorga, M. (2018). La
auditoría interna como herramienta de gestión para el control en los gobiernos
autónomos descentralizados de la provincia de Morona Santiago. Cuadernos de
Contabilidad, 80-93. Doi: https://doi.org/10.11144/Javeriana.cc19-47.aihg
Mayorga, C., y Frías, J. (2019). La auditoría interna
basada en riesgos y las decisiones financieras de las cooperativas de ahorro y
crédito en Ambato, Ecuador. ENIAC PESQUISA, 269-279. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7826665
Mendoza, W. M., García, T. Y., Delgado, M. I., y
Barreiro, I. M. (2018). El control interno y su influencia en la gestión administrativa
del sector público. Dominio de las Ciencias, 206-240. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6656251
Normas Internacionales de Auditoría (2009). NIA 620.
Uso de trabajo de un experto.
Portal Martínez, J.M (2016). Control interno e
integridad: elementos necesarios para la gobernanza pública. El cotidiano,
(198), 7-13. https://www.redalyc.org/pdf/325/32546809002.pdf
Rhein Schirato, V. (2019). El Control Interno de la
Administración Pública y la Configuración del Estado Contemporáneo. Revista de
la Facultad de Jurisprudencia, 51-95. Obtenido de https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=600263495010
Super intendencia de Bancos
y Seguros República del Ecuador (2013). Normas generales para las instituciones
del sistema financiero. https://www.superbancos.gob.ec/bancos/wpcontent/uploads/downloads/2017/06/L1_XIII_cap_IV.pdf
Tamay, M., Narváez C., Erazo, J., y Torres, M. (2020).
La auditoría interna y su importancia en los procesos contables en el sector
público no financiero. 593 Digital Publisher CEIT, 87-101. Doi:
https://doi.org/10.33386/593dp.2020.4-1.283