Volumen
4, No. 14, octubre-diciembre 2021
ISSN: 2631-2735
https://doi.org/10.33996/revistalex.v4i14.90
Páginas 300 - 312
https://revistalex.org
Léxico
jurídico. Antecedentes y perspectivas
Legal
lexicon. Background and perspectives
Léxico legal.
Antecedentes e perspectivas
Julio Gárate Amoroso
jcgarate@ucacue.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-0947-9620
Fernando Orellana Toledo
fmorellanat97@est.ucacue.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-2489-3814
Cinthia Sánchez Santander
ctsanchezs37@est.ucacue.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-2883-2277
Josseline Guamán Quiridumbay
jvguamanq24@est.ucacue.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-1444-5943
Universidad Católica de Cuenca, Extensión La Troncal-Ecuador
Artículo recibido en julio 2021 | Arbitraje en agosto 2021 |
Aceptación en septiembre 2021 | Publicación en octubre 2021
RESUMEN
El presente artículo
de investigación se fundamenta en el estudio del léxico jurídico y como este ha
evolucionado del lenguaje ordinario a un lenguaje técnico, la necesidad de los
juristas de implementar un lenguaje claro y preciso, evitando las ambigüedades
con el uso de palabras precisas y justas alejándose así de todo riesgo de malas
interpretaciones. Es menester plasmar la relevancia que denota el lenguaje
técnico jurídico y como la terminología de este se ha forjado a través de
construcciones arcaizantes, frases formularias, latinismos, perífrasis y otros
usos lingüísticos que resalta la esencia del verdadero léxico jurídico. A través
de esta investigación se pretende interpretar la estructura y características
del léxico jurídico, así como las funciones que este desempeña en la vida practica de quienes ejercen la ciencia del derecho. Este
artículo es producto de una investigación basada en una revisión bibliográfica,
crítica, y documental recurriendo al método descriptivo-argumentativo. Para la
elaboración de este artículo hemos acudido a revistas científicas como: Scielo, Redalyc, Dialnet y una búsqueda exhaustiva de libros jurídicos. Como
resultado tenemos que la finalidad del léxico jurídico es la univocidad
semántica, la economía léxica y la precisión conceptual o claridad entre
quienes los expresan.
Palabras clave: Léxico jurídico;
Lenguaje técnico; Lingüístico
ABSTRACT
This research article is based on the study of the legal lexicon and how
it has evolved from ordinary language to technical language, the need for
jurists to implement a clear and precise language, avoiding ambiguities with
the use of precise and fair words, thus avoiding any risk of misinterpretation.
It is necessary to show the relevance of the technical legal language and how
its terminology has been forged through archaizing constructions, formulaic
phrases, Latinisms, periphrasis and other linguistic uses that highlight the
essence of the true legal lexicon. The purpose of this research is to interpret
the structure and characteristics of the legal lexicon, as well as the
functions it performs in the practical life of those who practice the science
of law. This article is the product of a research based on a bibliographic,
critical and documentary review using the descriptive-argumentative method. For
the elaboration of this article we have consulted scientific journals such as: Scielo, Redalyc, Dialnet and an exhaustive search of legal books. As a
result, we have found that the purpose of the legal lexicon is semantic univocity, lexical economy and conceptual precision or
clarity among those who express them.
Key words: Legal Lexicon; Technical Language; Linguistic; Linguistic
RESUMO
Este artigo de pesquisa é baseado no estudo do léxico jurídico e como
ele evoluiu da linguagem comum para a linguagem técnica, a necessidade de os
juristas implementarem uma linguagem clara e precisa,
evitando ambiguidades com o uso de palavras precisas e justas, evitando assim
qualquer risco de interpretações errôneas. É necessário mostrar a relevância da
linguagem técnica jurídica e como sua terminologia tem sido forjada através de
construções arcaicas, frases de fórmula, latinismos, perifrásticos e outros
usos lingüísticos que destacam a essência do
verdadeiro léxico jurídico. O objetivo desta pesquisa é interpretar a estrutura
e as características do léxico jurídico, assim como as funções que ele
desempenha na vida prática daqueles que praticam a ciência do direito. Este
artigo é o produto de uma pesquisa baseada em uma revisão bibliográfica,
crítica e documental usando o método descritivo-argumentativo. Para a preparação
deste artigo, usamos revistas científicas como Scielo,
Redalyc, Dialnet e uma
busca exaustiva de livros jurídicos. Como resultado, descobrimos que o
propósito do léxico legal é a univocidade semântica, economia lexical e
precisão ou clareza conceitual entre aqueles que os expressam.
Palavras-chave: Léxico jurídico; Linguagem técnica; Linguística; Linguística
INTRODUCCIÓN
El
léxico jurídico fue a lo largo de la historia una expresión usual en la
sociedad, ya que no existía aun terminología y palabras técnicas para ciertas
concepciones en la ciencia del derecho. Su tecnificación fue evolucionando de
un lenguaje ordinario a un lenguaje técnico al ver la necesidad de una mejor
comunicación entre altos mandos y súbditos, así como también entre juzgadores y
litigantes, es decir entre personas que practicaban y dominaban el derecho
La
construcción de un lenguaje tecnificado o de especialidad como lo es el léxico
jurídico parte de la lengua común, pero ponen al servicio de un ámbito
determinado de la comunicación que se construye a partir de recursos que la
lengua ordinaria ofrece, incorporándose elementos terminológicos, formas y
estructuras arcaicas que el lenguaje común ha renovado, enriqueciendo y
permitiendo una comunicación especializada
La
calidad lingüista que posee el léxico jurídico se ha ido forjando a través de
los tiempos, sin embargo, este tipo de lenguaje es tan antiguo como el mismo
derecho, la belleza de las palabras y así como un estilo sentencioso podemos
ver en libros jurídicos antiguos como: el Fuero Juzgo, el Fuero Real y Las
Partidas. (Prieto del Pedro,1996).
La
creación, especialización y formación del léxico jurídico se fundamenta en la
necesidad de dar nombre a ciertas concepciones jurídicas reguladas y creadas
por el derecho, y por la especialización de palabras y términos que caían en la
ambigüedad y vaguedad dentro de la comunicación
La
estructura del léxico jurídico se caracteriza por la aplicación de una gama de
términos jurídicos, usando vocablos provenientes del latín y del derecho
romano, añadiendo términos arcaicos, expresiones añejas, así como el empleo de
palabras y frases de carácter formulario, siendo este un lenguaje protocolario
y evidentemente culto
A
pesar de ser un lenguaje especializado, ciertos términos pueden caer en la
ambigüedad y vaguedad en el contexto de la comunicación, esto se da por la
falta de interpretación que se les dan a ciertas concepciones jurídicas y es
ahí la importancia de la aplicación de su estructura y manejo de quienes
practiquen el derecho para la existencia de una oratoria adecuada en la
búsqueda de los intereses planteados
METODOLOGÍA
La
metodología de investigación implementada en la elaboración de este artículo
fue una revisión bibliográfica, la misma precisó la fuente en la cual se basó,
la caracterización del análisis de la documentación recabada, la información
que ayudó a construir el desarrollo de la investigación de forma critica los
cuales permitieron formar juicios enriquecedores para la investigación. No solo
se estableció una relación entre las fuentes, sino que se realizó un análisis
de la información recopilada del tema en cuestión.
La
información de las fuentes más notables, para el análisis se llevó a cabo
mediante un proceso de selección y clasificación de la documentación de acuerdo
a su relevancia y calidad según los descriptores analizados como lo fue léxico
jurídico, lenguaje técnico; lingüística; la búsqueda se ejecutó a través del
motor de búsqueda de google académico, también
mediante la plataforma Scielo, Bases de datos como Dialnet, entro otros. El análisis de la información se
clasifico definición del léxico jurídico; antecedentes sobre léxico; Formación
del léxico jurídico; características del léxico jurídico y sus funciones; el
estilo del léxico jurídico, entre otros, de donde se sustenta el análisis
bibliográfico.
DESARROLLO Y DISCUSIÓN
Definición del léxico jurídico
Al
léxico jurídico se definí como el conjunto de términos y expresiones del cual
emanan principios, preceptos y normas a las que están sujetas las reglas
humanas en toda sociedad civilizada; la principal función de este lenguaje
especializado es sintetizar los conceptos básicos en los que se basa la
experiencia y el saber metódico acerca del derecho (Juridicas UNAM, 2010).
Dentro
del discurso jurídico, el léxico constituye un componente fundamental y
esencial ya que este presenta sus propios rasgos lingüísticos. Dentro de lo
manifestado se puede distinguir diferentes tipologías textuales que tienen que
ver básicamente, por un lado, con el discurso empleado de las normas y leyes, y
por otro lado, con el lenguajes que emplean los juristas
El
léxico en forma general ha sido la estructura para la constitución de los
diferentes lenguajes técnicos, sin embargo, la especialización de la lengua
jurídica se diferencia de otras lenguas técnicas y del lenguaje común, por la
presencia de términos, fraseologías propias, construcciones arcaizantes, frases
formularias, latinismos, perífrasis y diferentes componentes lingüísticos, que,
aunque no forma parte del derecho como lengua técnica, aportan rasgos de un
estilo jurídico que produce la renovación del lenguaje jurídico
Antecedentes
El
léxico jurídico a lo largo de la historia correspondía a una expresión popular
y usual en la sociedad, ya que la ciencia del derecho desde su creación no se
creó términos y palabras para determinadas concepciones. Su tecnificación se
originó a través de la vida usual y cotidiana basada en la experiencia en donde
ya era necesario una mejor comunicación entre altos mandos y los súbditos, entre
juzgadores y litigantes, es decir una comunicación entre personas que dominen
el derecho.
Por
tal razón las palabras en el campo jurídico fueron especializándose y fijando
conforme se definían los conceptos, perdiendo de tal forma su significado común
entre ciudadanos y adquiriendo una calidad técnica dentro del lenguaje llamado
ya jurídico
Para
que exista un cumplimiento efectivo de la ley y del derecho, debe existir un
lenguaje que vaya acorde al contexto jurídico, es así que un lenguaje
tecnificado y especializado tuvo que surgir por la relevancia con las esencias
más profundas, de un estado democrático, de derecho y de cultura (Prieto
del Pedro, 1996).
La existencia del
tecnicismo y calidad dentro del léxico jurídico ha sido una evaluación
constante, que ha tomado décadas para su elaboración, siendo este lenguaje tan
antiguo como el mismo derecho, esta calidad lingüística podemos ver plasmado su
a través de las leyes antiguas que indican como es y cómo debe ser un lenguaje
jurídico apropiado, como es un correcto lenguaje que se encuentra compuesto por
palabras bellas, un sentencioso estilo y didactismo siendo ejemplo de estas
leyes tenemos: el Fuero Juzgo, el Fuero Real y Las Partidas (Prieto
del Pedro, 1996).
En el Derecho
medieval, El Fuero Juzgo, y Las Partidas hablan de «leyes
paladinas», término que hemos de interpretar como claro, público; así el Fuero
Juzgo opone «leyes paladinas» a «leyes oscuras», y en las Partidas: «... con voces y con palabras mandar y hacer
derecho de manera breve, llana y paladina»; se insiste en ambos textos en la
necesidad de que sea comprendido por todos «lo que saliere de la ley», lo que
exige la utilización del lenguaje común: el «roman
paladino.
El lenguaje jurídico
parte la lengua ordinaria, siendo este el lenguaje que más se enlaza con el
lenguaje común, y el tecnicismo de estos lenguajes en común son superiores a cualquier
otro lenguaje técnico, y están tan entrelazados que resulta, en ocasiones, muy
difícil decidir cuál ha sido la dirección del préstamo: del derecho al léxico
común, o a la inversa.
Formación
del léxico jurídico
El origen de un
léxico propio en ámbito jurídico ha surgido, por una parte, por la necesidad de
interpretar las concepciones jurídicas que han sido creadas y reguladas por el
derecho, y por otro lado necesidad de evitar la vaguedad y ambigüedad de las
palabras, constituyendo al léxico en una lengua especializada
El texto jurídico es
considero como un texto especializado, junto con el texto técnico y científico.
Además, los textos jurídicos forman parte del campo de los textos
profesionales, ya que se les acredita ser poseedores de un lenguaje técnico y
un discurso especifico, y aquellos que intervengan en la comunicación también
son especialistas en este tipo de textos jurídicos, las características que
posee este tipo de lenguaje jurídico denotan una diferencia notable en los
demás textos profesionales
(Gutiérrez Ossa, 2011).
Para la
especialización y formación del lenguaje técnico jurídico se tomó en cuenta dos
vías, esta son la mutación en el significado de los términos y la creación de
conceptos jurídicos. La mutación se refiere a la reiterada utilización de
términos dentro de los razonamientos jurídicos, que produce un valor distinto
de su significado habitual, también se refiere a la fijación expresa que en
derecho se hace del significado en que se utiliza un término; no se trata de un
concepto nuevo, sino de la delimitación del significado que le corresponde en
el lenguaje jurídico
La explicación de
estos términos tiene una amplia tradición, desde las verborum
significaciones romanas, pasando por las exposiciones medievales de nominum legalium, hasta las
actuales definiciones jurídicas
Características del léxico jurídico
y sus funciones
El
lenguaje jurídico utiliza con frecuencia términos arcaicos, expresiones añejas
y formulismos que no pertenecen al lenguaje común. Son arcaísmos frecuentes: el
derecho que le asiste. Mantiene palabras del latín o del derecho Romano,
ejemplo: in fraganti, de facto, corpus, alevosía, entre otros. Es la forma de
expresión que se utiliza en la redacción de las normas. Es un lenguaje
protocolario.
Se
caracteriza además por la creación de adjetivos por derivaciones, los sufijos
más comunes empleados en el lenguaje jurídico son: ado
(demandado), al (presuncional), entre otros. Emplea
palabras y frases con carácter formulario, como, por ejemplo, el abajo
firmante, ante mí, estado de indefensión, entre otros.
Los
argost profesional y términos de arte, que la define
como frases y palabras técnicas cuyos significados raramente son disputados en
el derecho. Se caracteriza, por el uso de palabras con significados flexibles,
como, por ejemplo: adecuado y aproximadamente. Recurre frecuentemente a
repeticiones y a redundancias con la finalidad de evitar ambigüedades y
fallidas interpretaciones. Utiliza un léxico culto, pues presenta numerosos
elementos específicos, se manifiesta a través de las terminologías empleadas.
Tiene estructuras fijas como encabezamientos y párrafos finales invariables,
empleo del futuro de subjuntivo (ejemplo: si se comprobare) y el futuro de
mandato (ejemplo: pagará, recibirá), abundancia de gerundios (ejemplo:
habiéndose acordado).
Los
textos legales y jurídicos son producidos por un emisor institucional y van
dirigidos a un destinatario que en muchas ocasiones es general o no está
predeterminado (Lenguaje Juridico, 2017).
La
principal caracterización del lenguaje jurídico es la de presentar una gran
cantidad de términos técnicos que denotan principios, conceptos y reglas. La
razón se encuentra en que el sistema jurídico tiene bases en el sistema romano
y la mayor parte del vocabulario proviene del latín por ese motivo en el
lenguaje jurídico existe una amplia gama de elementos lingüísticos (Narvaez,
2016).
El
léxico. Hay palabras jurídicas de
uso común y generalizado, como, por ejemplo, contrato o hipoteca, pero existen
también palabras exclusivamente jurídicas; cohecho, litisconsorcio, anticresis
o expresiones como iurus tantum, ex nunc, etc.
Formas
y construcciones gramaticales; habituales. Pero en muchos casos no exclusivas
del lenguaje jurídico: Gusto por lo altisonante y arcaizante; Apego a fórmulas
estereotipadas y léxico relacional; Creación de nuevos términos; Redundancia
expresiva léxica, Inclinación hacia la nominalización y la relexicacion.
A
partir de ello, se pudo denotar mediante este estudio ciertas similitudes con
las características técnicas de este tipo de lenguaje profesional al asimilar
las acciones de creación, formación y construcción. Entre ellos se tienen seis
elementos en lo que se refiere al estilo del lenguaje jurídico: Pretensión de
objetividad y neutralidad, que trae consigo la impersonalización
y uso de construcciones retoricas y de cultismos; funcionalidad, como búsqueda
de la comunicación eficaz; Precisión y coherencia, con eliminación de los
significados connotativos que implican ambigüedad, centrándose en términos
denotativos o indicativos; Claridad, que implica la presencia de definiciones,
pormenorizaciones y excepciones; Normatividad, predominado la función conativa
o de mandato, usándose el imperativo presente de subjuntivo con valor de
mandato; Tendencia formalizadora, a través del estilo
formulario, las abreviaturas y formulas fraseológicas y léxicas.
El estilo del léxico jurídico
El
lenguaje jurídico al ser un léxico técnico tiene un estilo propio, este estilo
lo diferencia entre el lenguaje común y el lenguaje jurídico. La característica
que revela el estilo es la forma de expresar o de actuar de los juristas,
atribuyéndole el uso peculiar de las palabras y las estructuras sintácticas que
la lengua ofrece
Todos
los elementos que intervienen en el lenguaje, desde el nivel fonológico: empleo
o repetición de determinados sonidos, énfasis, tono, pausas; pasando por el
nivel léxico: los vocablos utilizados, su capacidad evocadora, sus usos metafóricos,
su registro culto o coloquial; hasta el nivel sintáctico: estructura de la
frase, orden de los elementos, incisos, contribuyen a la creación del estilo,
bien sean rasgos individuales: el estilo de un autor, o rasgos comunes: estilo
de una época, o de un tipo de discurso.
En
el discurso jurídicos, cabe la existencia de diversos
estilos siendo estos: el lenguaje de la norma que es un estilo precio, claro e
impersonal corresponde a la idea de que la ley no necesariamente la enseña o la
supera, sino que la regula de manera concisa y clara. El estilo de las
resoluciones judiciales basado es un estilo resolutorio y contundente. El de
los abogados cuyo propósito es persuadir al juez, es un estilo personal, con
influencia, factores emocionales y provocadores. Literatura jurídica: lenguaje
argumentativo de tipo lógico
Léxico ordinario y terminológico
La
unidad terminológica, la propia de las lenguas especiales, se diferencia de la
unidad léxica ordinaria en su vertiente socio pragmática y en la naturaleza de
su representación.
Aunque
la insistencia de una y otra dividan la Teoría General y la Teoría Comunicativa
de la terminología; entre ambas vertientes distintivas del léxico
terminológico, existe una relación que se encuentra, por ejemplo, en la
consideración del discurso y la lengua jurídica como respuesta adaptiva.
El
dispositivo terminológico, la propia de las lenguas especiales, se da
discrepancia del dispositivo léxico común en su vertiente socio pragmática y en
la naturaleza de su representación, aunque el empeño entre la una y la otra por
dividir la relación emparentada y el argumento comunicativo del lenguaje; entre
ambas vertientes distintivas de la terminología terminológica existe una
relación que se encuentra , por norma , en la estimación de la pronunciación y
la unión jurídica como respuesta adaptiva (Martí Sánchez, 2004).
Desde
vertiente socio pragmática, las unidades terminológicas se marcan por las
actitudes que suscita si reconocimiento social, así como por los fines que
guían la comunicación especializada propia de las ciencias, de sus técnicas y
de las instituciones.
Las
diferencias en cuanto a la representación dependen de la diferente
categorización. Al examinar esta, se observa a simple vista que las unidades
léxicas ordinarias codifican el conocimiento espontaneo, ante predicativo, que
se debe a las lenguas; ese que en español ha llevado a distinguir significados
como los que expresan los verbos decir, hablar, susurrar, musitar, bisbisar,
insinuar, farfullar, conversar, entre otras.
Por
el contrario, los términos surgen del conocimiento reflexivo de las cosas (que
se identifican, clasifican, e interpretan), de ese conocimiento genéricamente
científico, que lleva a distinguir, por ejemplo, entre tercerización y
tercerización en economía. Y que exige que su aparición se acompañe de una
definición.
Consecuentemente,
con todo ello, las estructuraciones a las que dan lugar las terminologías
superan los límites de una lengua y han de aprenderse, no adquirirse, como si
de una lengua se tratara. Los conceptos en Derecho civil de acogimiento,
adopción, tutela, requieren un esfuerzo de aprendizaje consciente; los
significados de mentira, trola embuste, patraña, se adquieren casi
completamente por parte de hablante nativo solo hablando y oyendo su lengua.
Como siempre ocurre y actualmente todos admiten, la dicotomía léxico
ordinario/terminológico funciona mucho mejor en el mundo de las ideas; en el
plano más empírico, los límites son bastantes más difusos. Lo son porque los
dos conocimientos invocados, el de las lenguas y el científico, están
claramente conectados. Ambos necesitan del conocimiento general de las cosas,
del conocimiento enciclopédico. Este es la base del conocimiento lingüístico
ordinario
La terminología jurídica
El
léxico jurídico es particular, ya que su amplio conocimiento abarca un sinnúmero
de significados los cuales el jurista y estudiante de derecho logrará
comprender. Esto da una realidad amplia y heterogénea, porque resulta peligroso
generalizar todo el léxico jurídico, por lo que realizar un estudio o
diagnostico comprensivo de carácter interno quiere decir tomar en cuenta todos
los criterios amplios que el texto jurídico y la rama del derecho que son parte
de este estudio (Martí Sánchez, (2004).
La
identificación de los términos jurídicos frente al público en general, será de
forma global logrando así la comprensión de todos los oyentes en un léxico más
común sin dejar de lado las leyes. Con este punto esclarecido se puede decir
que el léxico jurídico. Los términos jurídicos, stricto sensu, son sus unidades
léxicas representativas: anticresis, avocación, evicción, habeas corpus,
impensas, laudo, litisconsorcio, novación, prevaricación, res nullius, usucapión, entre otras, las cuales se encontraran
en el léxico implementado por los juristas desde sus inicios (Martí Sánchez, (2004).
El
léxico supone el correcto uso del término jurídico por parte del usuario
obteniendo así los contextos, las consultas a los magistrados y especialistas
que conocen de la materia, las características esenciales de la intensión y que
permiten delimitar la extensión de las referencias implementadas o usadas en el
ámbito profesional (Martí Sánchez, (2004).
Importancia del lenguaje jurídico
Algunas
las personas saben y conocen que el lenguaje forma parte fundamental para el
desarrollo de la comunicación, es así que el lenguaje común y más el lenguaje
jurídico ha tenido errores y confusiones que en ocasiones es usado de manera
errónea
Dentro
del ámbito del derecho es importante el buen uso del lenguaje jurídico, es
indispensable pues el derecho mal implementado acarrea un sinnúmero de
problemas.
Todos
y cada uno de los juristas deben ser gramáticos, ya que al momento de hablar o
escribir de manera eficaz se nota el conocimiento que posee sobre el tema del
cual trata, todos los profesionales deben preservar dentro del área de derecho
el enriquecimiento dentro del lenguaje jurídico, para así entender la
importancia dentro del misma.
Los
que practican el derecho, poseen la facultad de hablar con claridad del mismo,
en muchas ocasiones lo que las leyes emanan no es de un comprender sencillo,
los juristas deben entender en su máxima expresión, sin errores, para así poder
compartir y transferir conocimientos dentro del derecho. Claro está que es
importante resaltar que dentro del lenguaje jurídico no siempre se usa el
lenguaje común por así decirlo, el cual día con día se va deteriorando con la
evolución tecnológica y la sociedad mediante las nuevas generaciones, dando así
a entender a las personas que esta se deteriora por el mismo descuido de todos
al no alimentar el conocimiento, la educación eh ahí la importancia del uso
correcto que se debe da al léxico jurídico y al mismo léxico ordinario de uso a
lo largo de la vida.
El léxico Jurídico según Juristas
El
jurista Joaquín Carringues Díaz, al hablar del léxico
jurídico manifiesta que, los litigantes, juristas y quienes practican la
ciencia del derecho viven de las palabras dichas o escritas. Son vendedores de
la palabra a través de la oratoria, diferenciándose de otras profesiones, ya
que con el uso de la palabra de la ley resuelven los problemas. Al escribir o al hablar no se busca la
belleza literaria. No se aspira a ser oradores, ni escritores brillantes. Sería
solo una satisfacción con ser hablantes
que piensan, escriben y hablan con sencillez, como jurista
Los problemas del contexto
lingüístico del derecho
Dentro
de contexto jurídico del derecho pueden generarse problemas, esto se da cuando
al momento de atribuir significados a los términos utilizados existen dudas por
el intérprete, ocasionando términos ambiguos o vagos.
Ferrari
(2020) indica
que, aunque el lenguaje en general cumple su función principal que es permitir
que nos comuniquemos, en ciertos casos, suelen existir problemas al momento de
determinar el significado de ciertas expresiones. Tales problemas no siempre se
atribuyen a la falta de conocimiento de quien lo interpreta, sino a las mismas
características del lenguaje siendo la vaguedad, la ambigüedad y la carga emotiva
las comunes.
El
uso de ciertos términos suele tener una mejor relevancia por la utilidad que
ofrecen a la comunicación, ya que las nuevas y cambiantes circunstancias de la
sociedad hacen que exista una mejor adaptabilidad de los términos desplegados de
las normas.
En
el derecho la interpretación jurídica es un proceso que requiere el uso de
herramientas racionales por parte de los juristas, siendo este complejo, y al
tener un caso difícil se deberá utilizar métodos que contribuyan a una visión
del derecho y de la justicia, para brindar soluciones que sean más racionales y
justas
La ambigüedad
Al
hablar de ambigüedad, se relaciona con problemas suscitados cuando es imposible
atribuir a ciertos términos, un único significado, por la razón que dicho
términos en el campo de la lengua ordinaria o jurídica son comprendidas de
diversas maneras.
Por
lo tanto, en la ambigüedad se puede encontrar la ambigüedad semántica y
sintáctica, la primera se da cuando se utilizan en la elaboración de las
normas, términos del lenguaje común, lo que ocasiona que estos adquieran un
significado diferente en el contexto jurídico. Sin embargo, en ocasiones,
cuando estas se llevan al contexto jurídico normativo, pueden utilizarse con un
sentido y alcance diferente
Al
hablar de ambigüedad sintáctica, se refiere cuando existe la duda no por el
significado de la palabras, sino por la forma de cómo estas se relacionan entre
sí, surgen del carácter impreciso que en los lenguajes naturales suelen tener;
sin embargo, no revistan ser intencionales y tampoco poco frecuentes
La vaguedad
La
vaguedad es un problema lingüístico que afecta de forma directa a los
conceptos, este se suscita cuando el concepto que encierra un término o
expresión presenta vórtices imprecisos. Existen dos tipos de vaguedad, la
primera es la vaguedad extensional que se produce cuando el campo de aplicación
del concepto no está claro, y la vaguedad intencional que es cuando no quedan
claros el conjunto de rasgos que lo caracterizan.
Este
problema lingüístico ocasiona situaciones implícitas o explicitas en la norma,
generando dudas al intérprete al no tener un significado de los términos, ya
que estos resultan ser imprecisos
CONCLUSIONES
Se
ha demostrado que el Léxico Jurídico en diversas situaciones se ha implementado
de forma errónea, siendo así difícil entender y comprender por parte del
ciudadano que no conoce la terminología jurídica. Siendo aquí donde los
juristas y los actores involucrados en el derecho puedan expresarse de manera
correcta para que puedan llegar a los ciudadanos.
El
lenguaje ordinario es más accesible y entendible para todos, el cual no es el
más apto para la formación del derecho, ya que este necesita una interpretación
de términos provenientes de otras lenguas distintas al español, el lenguaje
jurídico debe establecerse sobre las bases de donde nació y en la evolución de
los preceptos usados en la actualidad de cada país, basada en su lógica, en su
tiempo, su espacio, de esta manera se puede lograr estableces un lenguaje
jurídico acorde con cada sociedad.
Es
importante destacar que el lenguaje Jurídico va más allá del simple hecho de
ordenar palabras y sancionando modos de comportamiento al azar, el lenguaje
jurídico no puede permanecer al margen o no ser tomado en cuenta en el desarrollo
de la vida humana, este es el pilar fundamental para la creación de normas
efectivas y eficaces siempre rigiéndose al sentido jurídico que las normas y
leyes deben mantener.
A
lo largo de la historia el léxico ordinario ha evolucionado mediante el léxico
jurídico, para así poder desarrollar las diversas normativas que rigen en la
sociedad, el léxico aplicable debe ser el más correcto, el adecuado dentro del
ámbito jurídico y que guie a los que la ejercen en este ámbito interpretarla y
así dar a entender a los terceros a quien guía o dirige.
REFERENCIAS
Birzcarrondo, G. (1995). El
lenguaje juridico, razon pragmatica y razon filosofica. Universidad de
Deusto, 5.
Ferrari, M. (2020). Universidad
de La Habana - Cuba. Obtenido de Universidad de La Habana - Cuba: https://revistas.unlp.edu.ar/ReDeA/article/view/10986/9917
Gutiérrez Ossa, J. A.
(2011). La formacion del lenguaje juridico economico empresarial y de los
negocios internacionales desde el Common Law. Ean, 88-101.
Hanisch, H. (1976). El
latin, Lengua juridica. Pontificia Universidad Católica de Chile, 3,
60-67. Recuperado el 03 de Mayo de 2021, de https://www.jstor.org/stable/41605170?seq=1
Juridicas
UNAM. (19 de mayo de 2010). Obtenido de https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2926/5.pdf
Lenguaje
Juridico. (02 de Mayo de 2017). Obtenido de http://equipo3redaccionjuridica.blogspot.com/2017/05/caracteristicas-del-lenguaje-juridico.html#:~:text=CARACTER%C3%8DSTICAS%20DEL%20LENGUAJE%20JUR%C3%8DDICO&text=%2D%20Recurre%20frecuentemente%20a%20repeticiones%20y%20a,trav%C3%A9s%20de%20las%20terminolo
Lopez,
H. (26 de Agosto de 2014). Lexicologia Juridica. Obtenido de https://lexicologiajuridicaunivia.wordpress.com/2014/08/26/importancia-del-lenguaje-juridico/
Martin, C. A. (22 de julio de 2014).
Obtenido de https://digitum.um.es/digitum/bitstream/10201/41307/1/EL%20L%c3%89XICO%20EN%20LOS%20DICCIONARIOS%20JUR%c3%8dDICOS%20DEL%20ESPA%c3%91OL.pdf
Martí
Sánchez, M. (2004). La compleja identidad del léxico jurídico. ELUA. Estudios
de Lingüística, N. 18 (2004); pp. 169-189.
Narvaez, M. A. (08 de
octubre de 2016). Obtenido de http://dspace.ucuenca.edu.ec/bitstream/123456789/25684/1/tesis.pdf
Prieto
del Pedro, J. J. P. (1996). La exigencia de un buen
lenguaje jurídico y estado de derecho. Revista de administración pública,
(140), 111-130.
Santaella, C. (19 de Agosto
de 2015). Monografias.com Obtenido de https://www.monografias.com/trabajos88/breve-descripcion-del-lenguaje-juridico/breve-descripcion-del-lenguaje-juridico.shtml