Volumen 5, No. 15, enero-marzo 2022
ISSN: 2631-2735
https://doi.org/10.33996/revistalex.v5i15.111
Páginas 81 - 95
https://revistalex.org
“Sumak kawsay: desaprender de Occidente
y reaprender desde el Sur, cambio de paradigma en Ecuador”
“Sumak kawsay:
unlearning from the West and relearning from the South, a paradigm shift in
Ecuador”
“Sumak kawsay:
desaprender do Ocidente e reaprender do Sul, uma mudança de paradigma no Equador”
Paul David Arellano Sarasti
parellanos@unemi.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-5300-502X
Universidad Estatal de Milagro UNEMI, Milagro
- Ecuador
Artículo recibido el 17
de diciembre 2021 / Arbitrado el 8 de febrero 2022 / Publicado el 23 de marzo
2022
RESUMEN
Los
pueblos latinoamericanos han aprendido de occidente, sus conocimientos que han
pasado de generación en generación desde la colonización, con la invisibilización de los habitantes del territorio en el que
hoy es América latina, con la explotación indígena, el saqueo de los recursos
naturales, el dominio español, para luego con la independencia la creación del
Ecuador. Nación que ha pasado de copiar, adaptar o trasplantar modelos
jurídicos, leyes, constitucionalismo fundacional postcolonial con una
influencia europea occidental, a un constitucionalismo democrático de derechos
y justicia con características propias e innovadoras. La presente investigación
buscó mostrar las debilidades de contar una legislación copia, trasplantada de
Occidente, el método se enmarcó bajo el método analítico crítico, mediante la
revisión documental de varios artículos científicos, las Constituciones
ecuatorianas y la realidad de su población. En conclusión, esta investigación
evidencia un cambio sustancial en la concepción de los derechos en Ecuador,
como el “Sumak Kawsay”,
“Buen Vivir”, que incluye la participación y reconocimiento de los derechos de
la naturaleza, de pueblos y nacionalidades indígenas que estuvieron invisibilizados por más de 500 años.
Palabras clave: Desaprender;
reaprender; Sumak Kawsay;
Buen Vivir; indígena
ABSTRACT
The Latin American
peoples have learned from the West, their knowledge that has passed from
generation to generation since colonization, with the invisibility of the
inhabitants of the territory that is now Latin America, with indigenous
exploitation, the plundering of natural resources, the Spanish dominion, for
later with the independence the creation of Ecuador. Nation that has gone from
copying, adapting or transplanting legal models, laws, postcolonial
foundational constitutionalism with Western European influence, to a democratic
constitutionalism of rights and justice with its own innovative
characteristics. The present investigation sought to show the weaknesses of
having a copy legislation, transplanted from the West,
the method was framed under the critical analytical method, through the
documentary review of the Ecuadorian Constitutions and the reality of its
population. In conclusion, this research shows a substantial change in the
conception of rights in Ecuador, such as “Sumak Kawsay”, “Good Living”, which includes the participation
and recognition of the rights of nature, of indigenous peoples and
nationalities that were invisible for more than 500 years.
Key
words: Unlearn; relearn; Sumak Kawsay;
Good Living, indigenous
RESUMO
Os povos
latino-americanos aprenderam com o Ocidente, seus saberes que passaram de
geração em geração desde a colonização, com a invisibilidade dos habitantes do
território que hoje é a América Latina, com a exploração indígena, a pilhagem
dos recursos naturais, o domínio espanhol, para mais tarde com a independência
a criação do Equador. Nação que passou da cópia, adaptação ou transplante de
modelos jurídicos, leis, constitucionalismo fundacional pós-colonial com
influência da Europa Ocidental, para um constitucionalismo democrático de
direitos e justiça com características próprias e inovadoras. A presente investigação
procurou mostrar as fragilidades de ter uma legislação copiada, transplantada
do Ocidente, o método foi enquadrado sob o método analítico crítico, através da
revisão documental das Constituições equatorianas e da realidade de sua
população. Em conclusão, esta pesquisa mostra uma mudança substancial na
concepção de direitos no Equador, como “Sumak Kawsay”, “Bom Viver”, que inclui a
participação e o reconhecimento dos direitos da natureza, dos povos indígenas e
nacionalidades que eram invisíveis para mais de 500 anos.
Palavras-chave: Desaprender; reaprender; Sumak Kawsay; Buen Vivir,
indígena
INTRODUCCIÓN
Este análisis se desarrolló desde el
descubrimiento de América en 1492, con el llamado “descubrimiento del otro” fue
en realidad un “encubrimiento del otro”. Fue un no entender al otro. Y así como
los europeos ni entendieron a los pueblos indígenas, así también los indígenas
tuvieron dificultades en entender a los españoles1
En
realidad lo que ocurre es la imposición de occidente, mediante la fuerza, la
religión como medio de dominación y la explotación de la naturaleza, recursos
naturales y la esclavitud de los pueblos originarios.
La ubicación desde el cual se enuncia
al Sumak Kaway, es desde la
periferia social de la periferia mundial, desde los pueblos originarios
históricamente marginados2 (Tortosa, 2009), invisibilizados y deslegitimados por las élites del poder,
y que ahora reclaman reconocimiento y participación abogando por el respeto a
la diferencia3 (Roa-Avendaño, 2009, p.
16). Los pueblos y nacionalidades indígenas (no solo de Ecuador) han demandado
desde hace décadas “el reconocimiento de los territorios colectivos, de otros
sistemas de creencias, otras formas de administración de la justicia, en
general, otras formas de entender y asimilar el mundo” (Roa-Avendaño, 2009, p.
16). En tal sentido, para Cortez (2011, p. 18), “los procesos de resistencia
anticolonial y las luchas decoloniales, han
encontrado su voz en el SUMAK KAWSAY constitucional como contraparte a la subalternización de modos de vida no occidentales”4. La visibilización
del SUMAK KAWSAY ha representado implícitamente la visibilización
de los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador.
La evolución constante de la sociedad
se evidencia en su trasformación permanente, en América Latina se evidencia las
luchas sociales que han realizado grandes y profundos cambios que se evidencian
en sus constituciones, las mismas que han pasado de copias o adecuaciones
inaplicables o poco exitosas a nuevas incorporaciones de derechos e inclusión
social, producto de la necesidad de reivindicar derechos y justicia.
Las constituciones son, en parte, una
historia que cuenta un país sobre sí mismo. Dice al mundo que un país es:
democrático y respetuoso de los derechos; revolucionario y radical; religioso y
justo; tradicionalista y legalista (…). Uno de los poderosos potenciales de una
narrativa es su papel de otorgar sentido de lo que de otro modo sería una
colección de información aleatoria – de aportar coherencia al caos o
significado a lo que podría ser sin sentido.5. Como lo manifiesta
José Martí, primero, Nuestra América se halla en las antípodas de la América
europea. Es la América mestiza fundada por el cruzamiento, a veces violento de
mucha sangre europea, india y africana. Es la América capaz de sondear
profundamente en sus propias raíces para después edificar un conocimiento y un
gobierno que no fueran importación y que estuvieran adecuados a su realidad.6
La Constitución es una carta de
contenido jurídico – político, que establece y reconoce derechos y garantías,
sobre todo los derechos fundamentales concernientes a la libertad individual y
además de ello, es un instrumento de gobierno, porque ella establece los
poderes, determina las actuaciones y limitaciones de ellos y regla los modos de
su formación 7 (Bielsa, 1959). Se ha
aprendido desde la cultura occidental, que el conocimiento viene del Derecho
Romano, las constituciones son copias de las europeas con cambios no muy
significativos, y se conoce la historia escrita por quienes ganaron las
batallas, es importante conocer y reaprender de los conocimientos del sur, de
los que se encuentran en la otra línea, a fin de crear un nuevo conocimiento
sin influencias, que permita la verdadera igualdad y una efectiva aplicación y
reconocimiento de los Derechos Humanos de todos los habitantes del planeta en
sintonía de la naturaleza, como eje fundamental para la vida humana.
MÉTODO
Esta investigación se enmarcó bajo el método
analítico crítico que, por ser investigación jurídica, la aprehensión del
problema lo es de un problema del Derecho; los hechos caóticos y confusos con
los que se enfrenta han de tener relevancia jurídica. Esto diferencia la
investigación jurídica de cualquier otro tipo de investigación8,
paradigma epistemológico cualitativo, debido a que lo que se analiza en la
investigación son atributos y cualidades de la compilación y análisis de las
fuentes, específicamente, de la normativa legal que respaldan el objeto y
sujeto de estudio.
Se utilizó un enfoque cualitativo,
basado en elaborar un análisis y recopilación de la normativa en el Ecuador.
Además, se trabajó con métodos de investigación de las ciencias jurídicas.
Entre los métodos de ciencias sociales se tomaron métodos tanto teóricos como
empíricos. Entre los teóricos, se consideró el análisis, método que consiste en
disgregar el todo en sus partes integrantes para analizar cada una de ellas de
forma independiente. En la presente investigación se buscó mostrar las
debilidades de contar una legislación copia, trasplantada de Occidente.
Con relación al modo, se trabajó con
el dogmático jurídico, y el Modo normativo-jurídico. que
consisten en el enfrentamiento con el problema de los hechos confusos y
caóticos en el modo normativo-jurídico de la investigación es con los hechos
del Derecho en cuanto normas consuetudinarias, no escritas o escritas (ley en
sentido amplio) –según el paradigma praxeológico
referido arriba–. Es decir, el enfrentamiento lo es con la problematicidad de
la normatividad consuetudinaria no escrita o escrita (ley en sentido amplio) de
las acciones en el dinamismo de producción (origen), circulación (desarrollo) y
apropiación (distribución y consumo) de los derechos de los pueblos y la
Naturaleza como praxis jurídicas normativas, sus instituciones y sistemas
jurídicos. 9.
Se utilizó el modelo comparativo
simple y la respuesta de la tesis compleja de trasplantes jurídicos, aplicables
a la realidad ecuatoriana. Para estudiar con mayor propiedad el problema
plateado, se utilizó “el pensamiento complejo”10
paradigma de un nuevo método
teórico para la gestión del conocimiento ya que es necesario cambiar los
hábitos cognitivos de pensamiento. Superar los habituales y reestructurar el
pensamiento, convirtiéndose en un reto intelectual para generar el
conocimiento. Como toda ciencia, la Teoría Epistemológica de la Complejidad, se
sustenta en conceptos y categorías propios de esta ciencia teórica, que refleja
en forma enriquecida la realidad objetiva, rompe paradigmas metodológicos
anteriores y enriquece cualitativamente a la lógica dialéctica, debido a que la
realidad se comporta dialécticamente y se manifiesta en su complejidad.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Luego de un análisis que incluye el
pensamiento complejo, se evidenció como resultado que la normativa ecuatoriana,
revisada, aprobada y aplicada durante la vida democrática desde hace más de 200
años, con veinte constituciones ecuatorianas, han estructurado el poder a
manera de república, como lo es Europa a partir de la revolución francesa, en la
mayoría de las veces
como democráticas, salvo excepciones;
y, en cuanto a la separación de poderes, han dividido al Estado en los
tradicionales poderes europeos ejecutivo, legislativo y judicial, producto en
su mayor parte de trasplantes jurídicos, copias y adecuaciones mal hechas, que
en la actualidad están siendo revisadas, analizadas, actualizadas y
evolucionadas con aportes propios desde la cosmovisión andina, que se evidencia
a partir de 2008 con la constitución vigente, en la parte orgánica, el Ecuador
cuenta con cinco funciones tras el aumento de las funciones electoral y de
transparencia y control social, y en la parte dogmática, se evidencia con la
incorporación de los derechos de la naturaleza, Buen Vivir, y con el Sumak Kaway.
La inclusión del SUMAK KAWSAY en la
Constitución de 2008 evidenciaría que lo transcendental en realidad fue:
“transformar el Estado entendido como estructura-institución de exclusión y
dominación de modelo impuesto a una entidad re-concebida a partir de realidades
y pluralidades propias”11 (Walsh,
2008, p. 150). En definitiva, Ecuador y América Latina son diferentes a
Occidente, son una sociedad que tiene su propia realidad, su propia historia,
con conocimientos ancestrales e incluso una forma distinta de ver el mundo, la naturaleza
y las personas como parte de un todo.
Discusión
Desaprender de Occidente
La forma en la que se adquiere conocimientos,
desde los primeros años, en el hogar, y posteriormente en la escuela, el
colegio, y hasta en la universidad son de textos o conocimientos históricos,
previamente elaborados, aprobados por las autoridades de educación en la que se
aprende lo que inculcan, se cree como cierto y absoluto todo lo que se
imparten. No toda la historia y conocimientos se encuentran escritos, ni todos
los conocimientos que imparten en educación primaria y secundaria, la educación
que se recibe es el reflejo de una etapa, de una época de la historia de la
sociedad en la que se vive, “la historia la escriben siempre los vencedores. Y
la historia la mayoría de las veces es la oficial. Sobre todo, la historia que
se enseña y se usa en las escuelas, en los manuales de historia, donde quienes
escriben, desde luego, la escriben de acuerdo con su propia percepción, y eso
pasó con los indígenas” 12.
La colonialidad
empieza con la conquista de América, en la que se crea la categoría de “indio”
(salvaje, primitivo, sin alma) a diferencia del europeo -ser civilizado- la colonialidad del saber tiene que ver con la sobrevaloración
de una forma de conocer (racionalismo científico) y la invisibilización
o negación de otras formas de conocimiento relacionadas con lo espiritual , con
lo “mítico”, y con otras manifestaciones de la experiencia humana; la del poder
está asociada a la capacidad de clasificar y rotular pobre-rico,
anormal-normal, culpable-inocente, desarrollado-subdesarrollado, humano-animal.13. Por la colonialidad
se reforzó la idea de que el ser humano no es animal ni naturaleza, los
indígenas no existían, o eran invisibilizados, no
existe el derecho indígena, y peor aún derechos humanos, lo que se evidenció
con el genocidio indígena en Latinoamérica, del cual no existe nada escrito.
Es decir, Latinoamérica aprendió de
occidente, la ciencia, el conocimiento, la religión, el derecho, la colonialidad, es decir son y creen ser lo que les enseñaron
de occidente. El pensamiento occidental moderno es un pensamiento abismal. Éste
consiste en un sistema de distinciones visibles e invisibles, las invisibles
constituyen el fundamento de las visibles, Las distinciones invisibles son
establecidas a través de líneas radicales que dividen la realidad social en dos
universos, el universo de “este lado de la línea” y el universo del “otro lado
de la línea. La división es tal que el “otro lado de la línea” desaparece como
realidad, “se convierte en no existente”14
de
una forma no relevante, excluido de la ciencia y del conocimiento, lo que se ve
reflejado en los países latinoamericanos que se encuentran al otro lado de la
línea de occidente, del pensamiento, conocimiento y filosofía eurocéntrica.
Cabe aquí un análisis, preguntarse ¿si
lo que se aprende es una verdad absoluta, existen otros conocimientos que no se
han aprendido en durante la vida, existe una libertad en decidir lo que se debe
o lo que se quiere conocer, se está en capacidad de decidir de qué lado de la
línea se quiere estar?
1 Reaprender del Sur
Para empezar, “los seres humanos no podemos
vivir sin la naturaleza”15, los humanos forman parte
del gran universo y se sigue el proceso de la evolución, las grandes
civilizaciones humanas han evidenciado el respeto y la admiración por la
naturaleza, lo que se evidencia en los ritos religiosos
y en las deidades, a excepción de “la judeo-cristiana que se atrevió a imaginar
que el ser humano, y sólo el humano, es la encarnación de dios y es el ser
central del universo. En la modernidad, rompiendo una tradición cultural, por
el pensamiento hegemónico occidental, el ser humano decide romper con la naturaleza”16.
No se abordará el tema religioso, ya que de eso se podría hacer un estudio
profundo completo, sin embargo, trataré en lo posible de dar un enfoque
científico de este análisis.
Evidentemente
es un gran paso, primero reconocer que lo que se ha aprendido no es la verdad
absoluta, que cada vez que conoce algo nuevo, es un darse cuenta de que el
conocimiento y la ciencia están en constante cambio y evolución, que se debe
mirar al hombre como parte del universo, de la naturaleza, de América del Sur,
revisar sus raíces, la historia no escrita, la que se desconoce o no se quiere
ver.
Desde
el descubrimiento de América hasta finales del siglo XX, los derechos de los
indígenas, afrodescendientes, y minorías étnicas
estuvieron ocultos e invisibilizados por más de 400
años. Es por estas y otras razones, que es necesario desaprender, abrir la
mente a nuevos conocimientos que por años estuvieron ocultos, se debe empezar
por mirar atrás, por conocer, reconocer y reaprender la verdadera historia de
América. Del descubrimiento de América en 1492, hasta finales del siglo XX
inclusive no existe historia escrita, las tradiciones, conocimientos
ancestrales, rituales espirituales, formas de organización y convivencia con la
naturaleza.
A
finales del siglo XX luego de la segunda guerra mundial, surge la época de los
derechos humanos, luego del genocidio y la catástrofe, “en este campo aparecen,
por primera vez, los pueblos indígenas. A finales del siglo XX entran a la
discusión, llegan sus representantes a la ONU, levantan la mano y dicen “aquí
estamos nosotros, somos los excluidos, a nosotros no nos han escuchado ustedes,
señores reyes, presidentes, gobernantes, funcionarios de la ONU. Ustedes hablan
de igualdad de todos, pero en realidad esa igualdad no ha funcionado para
nosotros”17.
1.1 Sumak Kawsay
Para entender el significado aproximado a esta frase que no
tiene una definición concreta oficial, se debe analizarla desde quienes la
utilizan, así se podría dar varias definiciones, entre las más importantes
existen las siguientes: Hilda Santi, primera mujer presidenta de Sarayaku18,
“para nosotros el sumak kawsay
era ver un rio bien limpio, una selva sin contaminar, una selva donde haya
abundantes especies de animales, flora y fauna” (p.171)19. María Cleofé Machoa, miembro del pueblo
Sarayaku y docente, el Sumak
Kawsay “es tener un ambiente sano sin contaminación y
tener una alimentación equilibrada y conservar la naturaleza en el territorio”
(p.171)20.
La
inclusión del Sumak Kawsay
en la Constitución de 2008 ecuatoriana evidenciaría que lo transcendental en
realidad fue: “transformar el Estado entendido como estructura-institución de
exclusión y dominación de modelo impuesto a una entidad re-concebida a partir
de realidades y pluralidades propias”21 (Walsh, 2008,
p. 150). De ahí que plurinacionalidad, interculturalidad y decolonialidad
se encuentren íntimamente ligadas, como elementos que ayudan a superar la
colonialidad22 (Jo, 2013). De hecho, los tres conceptos son “complementos necesarios,
cómplices en la re-imaginación y refundación que caminan hacia una nueva forma
de con-vivencia”23 (Walsh, 2008, p. 150). Esta nueva
forma de convivencia, el Sumak Kawsay,
se posiciona como el deber-ser del nuevo Estado Plurinacional Intercultural.
El
concepto en idioma kichwa, SUMAK KAWSAY proviene de
una lengua que desde la colonialidad del saber fue
considerada como “primitiva, inferior, incapaz de desarrollar un pensamiento
filosófico”24 (Jo, 2013, p. 44). Por lo tanto, la incorporación del SUMAK
KAWSAY dentro de la legislación y las políticas públicas del Ecuador en 2008,
evidenciaría al menos dos situaciones.
Primero, representa una cierta forma de reconocimiento de la
diversidad cultural de los pueblos originarios que las ideologías de la modernidad
colonial y poscolonial han tradicionalmente despreciado y desvalorizado25 (Gómez-Muller, 2018, p. 201). Y en segundo lugar, es un acto
genuino de “insurgencia política y epistémica (…) –tanto para los pueblos
indígenas y afros como para el conjunto de la población– que realmente dibujan
un horizonte decolonial, haciendo dar la vuelta a lo
que hemos entendido como Estado y a las lógicas y significantes que han
sostenido tal entendimiento”26 (Walsh, 2008, p. 143).
En la
práctica del SUMAK KAWSAY, es un acto decolonial y de
desobediencia epistémica, al cual contribuye a la desoccidentalización
y de “justicia epistémica”27 (Widenhorn, 2014). A
priori, el SUMAK KAWSAY se presentaría como elemento de una disrupción
epistémica; sin embargo, si se lo enfoca hacia la superestructura estatal,
destaca la localidad del concepto como herramienta para luchar contra el
Estado. Para Altmann (2017, p. 750), el carácter decolonial del discurso del SUMAK KAWSAY reside en su
naturaleza radicalmente local; es decir, se trata de una realidad local
cotidiana específica que se opone a ideas occidentales abstractas y universalizadoras como: Estado, sociedad o esfera pública28.
La
construcción de la autonomía territorial, dentro de la cual se construye
también el SUMAK KAWSAY, posicionaría a las organizaciones indígenas como
actores decoloniales, que aunque actúan localmente,
tienen siempre efectos globales29 (Altmann, 2017, p.
754). Así, la inclusión del SUMAK KAWSAY en la Constitución de 2008
evidenciaría que lo transcendental en realidad fue: “transformar el Estado
entendido como estructura-institución de exclusión y dominación de modelo
impuesto a una entidad re-concebida a partir de realidades y pluralidades
propias”30 (Walsh, 2008, p. 150). De ahí que
plurinacionalidad, interculturalidad y decolonialidad
se encuentren íntimamente ligadas, como elementos que ayudan a superar la
colonialidad31 (Jo, 2013). De hecho, los tres conceptos son “complementos
necesarios, cómplices en la re-imaginación y refundación que caminan hacia una
nueva forma de con-vivencia”32 (Walsh, 2008, p. 150).
Esta nueva forma de
convivencia, el SUMAK KAWSAY, se posiciona como el deber-ser del nuevo Estado
Plurinacional Intercultural. Sin embargo, el proceso centrado en la vida, capaz
de desplazar al capitalismo y transgredir la matriz colonial aún vigente, es un
proceso arduo y continuo33 (Walsh, 2008), que no ha
terminado con la visibilización del SUMAK KAWSAY. En
este sentido, para Luis Macas, líder del MIE (Movimiento Indígena Ecuatoriano),
la construcción del Estado Plurinacional Intercultural, no incluye solamente a
los pueblos originarios, sino que: Hay otros, por ejemplo, la afrodescendencia que está junto a este continente, están
los mestizos, algunos dicen blancos mestizos, pero se conocen como indios
mestizos, y se están juntos, juntos aunque sea de espaldas. Pero lo que quiere
es que construya un Estado juntos, un Estado nuevo desde la crítica a las
estructuras del Estado.
1.1.1
Buen Vivir
En
materia de derechos sin duda el principal referente es “la noción del Buen
Vivir que surge en un contexto de creciente preocupación mundial por la
sostenibilidad ambiental, debido al calentamiento global provocado por la
acción humana”, (León, 2015, pág. 7).34. La Constitución de la República del
Ecuador (2008), en el Capítulo II de los Derechos del Buen Vivir, Artículo
catorce (14), que textualmente dice: “Se reconoce el derecho de la población a
vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la
sostenibilidad y el Buen Vivir, Suma Kawsay. Se
declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los
ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país,
la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales
degradados”35.
A
partir de las corrientes de pensamiento ecuatoriano sobre el Buen Vivir se
puede definir, según León, (2015)36 como: Vida en plenitud que comprende el
logro de la armonía interna de las personas, la armonía social con la comunidad
y entre comunidades, y la armonía con la naturaleza. La armonía interna de las
personas está asociada con el goce efectivo de los derechos del Buen Vivir
(derechos económicos, sociales y culturales), derechos de participación y
derechos de libertad (derechos civiles y políticos) reconocidos en la
Constitución. La armonía con la comunidad y entre comunidades está relacionada
con los derechos colectivos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
reconocidos constitucionalmente a los pueblos indígenas, afro ecuatorianos y
montubios. Finalmente, la armonía con la naturaleza se vincula con los derechos
de la naturaleza que, por primera vez, reconoce una Constitución. Con esta
conceptualización, se elabora una propuesta preliminar de un sistema de
indicadores del Buen Vivir compuesto por tres subsistemas (componentes) que
corresponden a cada una de las tres armonías. Para cada uno de los subsistemas
se identifican dimensiones y variables o indicadores.
1.2 Evolución de los derechos en el Nuevo
Constitucionalismo Latinoamericano
En América Latina, en los últimos doscientos años la democracia
se refleja en las diferentes constituciones, que en un principio son las
conocidas como “Fundacionales”37 propias de la mitad del siglo XIX, producto de
la descolonización, con representantes independentistas de ese tiempo como lo
es Simón Bolívar, luego el constitucionalismo criollo en el siglo XX,
decimonónico post-fundacional, no democrático, por tanto conservador, donde se
evidencia el dominio de las élites de poder que en ese tiempo eran los grandes
feudales o terratenientes que mantenían a los indígenas como esclavos
(Huasipungo).
El
reconocimiento de los derechos sociales, en si tienen un resurgimiento
trascendental con la Constitución de Querétaro de 1917, que marca un hito en
América Latina como la reaparición del constitucionalismo democrático, que
implicó el regresó a la cuestión de los derechos, fue la primera constitución
del siglo XX en asumir de nuevo el problema y entenderlo como una cuestión
directamente relacionada con la revolución democrática y el avance en derechos.
A
mediados del siglo XX la democracia se caracteriza por los intentos de adaptar
el constitucionalismo latinoamericano a los nuevos regímenes democráticos y al
modelo social de constitución, introduciendo los postulad os económicos del
neoliberalismo, pero con una evidente desigualdad económica y social, con la
incorporación de algunos elementos parlamentarios en los sistemas
presidencialistas y en algunos casos con la presencia de tribunales constitucionales.38.
Así también hay que evidenciar en este siglo las dictaduras y gobiernos de
facto que se hicieron presentes en la mayoría de los países de América Latina,
como hasta la presente fecha se mantiene en Cuba. Por último, a partir de la
década de los noventa del siglo XX, el Nuevo Constitucionalismo
Latinoamericano, en la que se trata, en teoría, pasar de la democracia de
representación a la participación.39.
La democracia participativa como “constitucionalismo de las
aspiraciones” Frente a la crisis de la democracia representativa, Boaventura de Sousa Santos ha reflexionado sobre este tema
y desde una posición contrahegemónica40, propone lo que él denomina una “[…]
concepción no hegemónica de la democracia”41 (Santos, 2004, pág. 45), con la
que se “[…] trata de negar las concepciones sustantivas de razón y las formas
homogeneizadoras de organización de la sociedad, reconociendo la pluralidad
humana”42 (Santos, 2004, pág. 46). Estableciendo que la democracia
participativa es integral e incorpora a los históricamente excluidos, desde una
visión sustancial y no formal, reinventando la democracia e intentando forjar
un cogobierno entre sociedad y Estado43 (Andrade, et. al, 2014).
Adicionalmente, esta capacidad de fiscalización popular es fundamental para
cumplir con los objetivos fijados de forma colectiva44 (Santos, 2004).
Un
ejemplo de lo antedicho, que se encuentra plasmado como una disposición
normativa, es lo referente a la incorporación de algunos mecanismos de
democracia directa, así en Ecuador la Constitución señala que la participación
de la ciudadanía en todos los asuntos de interés público es un derecho que se
ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y
comunitaria45. En este sentido, en la Constitución del Ecuador de 2008, la
participación se ve como un proceso desde el establecimiento de una
concurrencia de los sectores sociales en el aporte y la discusión, que fueron
fundamentales para la creación de nuevos derechos, y además intentando
sobrepasar los límites formales de la institucionalidad46 (Noguera, 2008).
Entonces
se acude no a la coexistencia, sino en la complementariedad entre la democracia
representativa y la democracia participativa47 (Santos, 2004), entendiendo
claramente que se debe seguir en la búsqueda de nuevas formas de integración y
de mayor incorporación de los nuevos actores sociales, con lo cual se pueda
fortalecer una perspectiva maximalista de la democracia, para poder acudir a
generar nuevas ideas sobre el fortalecimiento de la democracia participativa48 (Santos,
2004), y, así, poder construir experiencias que puedan vigorizar a la
democracia, tanto desde los actores sociales, como desde el Estado.
En la década de los 90 empieza a convalecer el destruido tejido
social y se produce un reacomodo ideológico-político de los movimientos
sociales, dando lugar a un proceso emancipatorio no
protagonizado por estructuras partidistas o “grupos revolucionarios”, sino por
un vasto universo de organizaciones sociales urbano-rurales y los pueblos indígenas.
Su agenda se centra en la defensa y fortalecimiento de los Derechos Económicos,
Sociales y Culturales (DESC), argumentando que sin ellos es posible la
concreción de los derechos civiles y políticos y menos los derechos colectivos
y ambientales. En una primera fase los DESC son nominales, posteriormente, la
incidencia de los colectivos sociales, la reforma del Estado y la nueva
arquitectura constitucional-legislativa les dotan de una progresiva
normatividad, tal cual sucede en Brasil (1988), Colombia en 1991, Venezuela
(1999), Ecuador (1998 y 2008) y Bolivia en (2009).49
El
reconocimiento de la diversidad étnica y cultural requiere igualmente el
reconocimiento de valores y principios ancestrales y especialmente establecer
un dialogo de doble vía con estos saberes jurídicos de origen occidental, con
el objetivo de reconocer desde la diversidad.50. Las crisis son manifestaciones
del malestar existente en la sociedad, pero también son faros de esperanza en
el derecho, en la justicia, en la posibilidad profunda de renovación jurídica e
institucional y de construcción sociedades nuevas basadas en el respeto a los
derechos de todos.51. Es necesario y urgente terminar con “El divorcio entre
norma jurídica y realidad social siempre, a lo largo del constitucionalismo
ecuatoriano, ha sido un hecho.”52.
CONCLUSIONES
Desaprender
y reaprender definitivamente es el paso a seguir, esto permitirá cuestionarse
si en realidad el conocimiento que se difunde en la sociedad es el correcto, es
inclusivo, justo, y acorde con la realidad del Ecuador, es decir crear un nuevo
paradigma basado en el Buen Vivir. Con la evolución de derechos en América
Latina es evidente, se reconocen derechos conocidos como de cuarta generación
que sin duda serán de referente para todo el mundo. El Constitucionalismo
Andino es una realidad vigente en por lo menos cinco países de América
(Bolivia, Perú, Ecuador, Venezuela y Colombia).
Se pudo señalar que en el transcurso de los últimos doscientos
años el constitucionalismo latinoamericano ha evolucionado, de copiar o adaptar
modelos de democracia europeos a nuevas constituciones propias con rasgos
diferenciados e innovadores, inclusivos que incluyen un nuevo régimen de
participación que se estableció en las nuevas constituciones andinas. Hay un
momento en la historia de los países en el que se genera una crisis profunda
que da lugar a la creación de nuevos textos constitucionales. Por último, estoy
convencido de que “Un pueblo tiene derecho a imaginar su futuro” (Jules Michelet 1846), y el futuro empieza ahora, para innovar e
incorporar proponer desde la academia una recopilación de conocimientos
ancestrales, el reconocimiento de los derechos humanos de todos, inclusivos,
acorde con la naturaleza, en especial con el ser humano como parte del universo
y no como el ser supremo en definitiva el Sumak Kawsay.
REFERENCIAS
Altmann, P. (2017). Sumak Kawsay as an Element of Local
Decolonization in Ecuador. Latin American Research Review, 52(5),
749–759. https://doi.org/10.25222/larr.242
Atienza, M. (2011). Dos versiones del constitucionalismo, DOXA,
Cuadernos de Filosofía del Derecho, 34 ISSN: 0214-8676 PP. 71-88
Andrade,
M., Cáceres, M., y Vásquez, A. (2014). Cosmovisión andina, Sumak
Ally Kawsay y economía
comunitaria. En Y. Jubeto, L. Guridi,
& M. Fernández-Villa (Eds.), Diálogos sobre Economía Social y Solidaria en
Ecuador. Encuentros y desencuentros con las propuestas para otra economía (pp.
149–210). UPV-EHU
Ávila
Santamaría, R (2012). Ensayo presentado como ponencia el Congreso Ecuatoriano
de Historia (Montecristi), dentro del Simposio Principal sobre Historia
Constitucional, con el apoyo del Comité de Investigaciones de la Universidad
Andina Simón Bolívar-Ecuador
Ávila,
R. (2019). Los derechos humanos y los derechos de la Naturaleza en el neoconstitucionalismo andino. Hacia un necesario y urgente
cambio de paradigma, en Liliana Estupiñán Achury y otros (Eds.), La Naturaleza como sujetos de
derechos en el constitucionalismo democrático. Bogotá
Bielsa,
R. (1959). Derecho Constitucional, 3 edición Buenos
Aires
Boaventura De Sousa, S. (2009) Una
epistemología del Sur: La reinvención del conocimiento y la emancipación
social, Clacso Siglo veintiuno editores
Carbonell,
M. (2010). Los Retos Del Constitucionalismo En El Siglo XXI, Corte Constitucional
de Ecuador para el período de transición. El nuevo constitucionalismo en
América Latina. 1 ed. Quito, Corte Constitucional del Ecuador
Constitución
de la República del Ecuador (2008). Registro
Oficial No. 449
Cortez, D. (2011). La
construcción social del Buen Vivir (Sumak Kawsay) en Ecuador. Genealogía del diseño y gestión
política de la vida. Aportes Andinos, 28, 1-23. http://repositorio.uasb.edu.ec/handle/10644/2788
[Consultado el 10 de junio de 2017]
Dalmau, R. (1917). El Estado como problema en el
constitucionalismo latinoamericano y la constitución de Querétaro de 1917. Argumenta Journal Law
Jacarezinho PR, Brasil, n, 27 p. 312.
Evans, C.M. (2010). Constitutional Narratives: Constitutional Adjudication
on the Religion Clause in Australia and Malaysia (SSRN Scholarly Paper No. ID
1709127) Rochester Nueva York, Social Science Research Network, pp. 437-438
Fajardo Sánchez, L. A. (2017). El Constitucionalismo
Andino y su desarrollo en las Constituciones de Bolivia, Ecuador, Perú,
Colombia y Venezuela Bogotá D.C. Colombia No. 47, julio – diciembre, pp. 73;
ISSN: 0124-0021
Gómez-Muller, A. (2018). El Vivir bien, una crítica cultural del
capitalismo. Ciencia Política, 13(25), 199–222. https://doi.org/10.15446/cp.v12n25.67975
Jo, Y. H. (2013). La descolonialidad
y el Sumak Kawsay en
Ecuador. Revista Iberoamericana, 24(1), 37–63.
Latorre
Latorre, V. (2012) Bases metodológicas de la
investigación jurídica, Valencia, Tirant lo Blanch, 2012
León,
M. (2015). Buen Vivir en el Ecuador. Del concepto a la medición. Quito.
Instituto Nacional de Estadística y Censos-INEC.
Llasag, R. (2018). Constitucionalismo
plurinacional desde los sumak kawsay
y sus saberes. Plrurinacionalidad desde abajo y
plurinacionalidad desde arriba. Quito. Editorial Huaponi
Morin, E. (1995). El pensamiento complejo. Gedisa. Madrid
Narváez
Quiñónez, I. (2017). Pueblos indígenas: el sentido de la esperanza, Primera
edición Junio; Quito, Ecuador ISBN Ediciones Legales EDLE S. A.:
978-9978-81-182-5 Derechos de autor: 050898 ISBN Universidad Andina Simón
Bolívar, Sede Ecuador: 978-9978-19-
Noguera, A. (2008). Participación, Función Electoral y Función
de Transparencia y Control Social. En R. Á. Santamaría, Desafíos
constitucionales. La Constitución ecuatoriana del 2008 en perspectiva. Quito:
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Olano
García, H. A. (2009). ¿Qué es una Constitución? Díkaion,
15(2). Recuperado a partir de https://dikaion.unisabana.edu.co/ index.php/dikaion/article/view/1351
Roa-Avendaño,
T. (2009). El Sumak Kawsay
en Ecuador y Bolivia. Vivir bien, identidad, alternativa. Ecología Política,
15-19. https:// www.ecologiapolitica.info/?p=4960
Salamanca
Serrano, A. (2015). La investigación jurídica intercultural e interdisciplinar,
Revista de Derechos Humanos y Estudios Sociales Año VII Número 14,
julio-diciembre. http://www.derecho.uaslp.mx/Documents/Revista%20REDHES/N%C3%BAmero%2014/Redhes14-03.pdf
Santos,
B. D. (2004). Democratizar la democracia. Los caminos de la democracia
participativa. Mexico: Fondo de Cultura Económic.
Stavenhagen, R (2009). Los Pueblos
Originarios: el debate necesario, El “problema indígena” y los derechos
humanos, Exposición en el Instituto Universitario ISEDET, 18 de noviembre
Tortosa,
J. M. (2009). Sumak Kawsay,
suma qamaña, buen vivir. Rebelión. http://www.rebelion.org/noticia.php?id=90660
Walsh, C. (2008). Interculturalidad,
plurinacionalidad y decolonialidad: Las insurgencias políticoepistémicas de refundar el Estado. Tabula Rasa, 9,
131–152.
Widenhorn, S. (2014). Towards Epistemic Justice with
Indigenous Peoples’ Knowledge? Exploring the
potentials of the convention on biological diversity and the philosophy of Buen Vivir. Development, 56(3), 378–386. ProQuest Central. https://doi.org/10.1057/dev.2014.6